Boletín N° 50: Víctimas de trata aún sin protección oportuna


Hace unos días los medios de comunicación informaron sobre el caso de Jhinna Pinchi, víctima de trata de personas con fines de explotación sexual en el local nocturno “La Noche” de Piura.

El nivel de detalle que ha brindado, incluso mencionando la presencia de víctimas menores de edad así como el reconocimiento fotográfico de los principales “clientes” procedentes presuntamente de organismos públicos, la colocan en una situación de riesgo extremo.

La valentía de la señora Pinchi, debería tener como consecuencia inmediata su protección y la de su familia, sin embargo esto no ha sido así. La información con la que cuenta puede marcar la diferencia y convertir su caso en uno emblemático, pero también la convierte en alguien que debe ser eficazmente protegida.

En unos días (23/08) se cumplirá un año de la muerte de Shirley, una joven de 22 años de Tarapoto que fue encontrada muerta en una maleta.  Todo indica que fue asesinada por una organización dedicada a la trata de personas. Ella al igual que la señora Pinchi logró escapar,  pero finalmente no tuvo la misma suerte.

La imposición de penas tan severas como las que contempla la ley contra la trata de personas,  hace que las organizaciones persigan con celeridad a sus víctimas, para evitar que testifiquen. La amenaza y la muerte son códigos que están presentes en este delito.

El Reglamento de la Ley 28950 (Decreto Supremo No. 007-2008-IN) establece claramente la necesidad de asistir y proteger a las víctimas  de trata de personas, y a sus familiares. Esta protección implica incluso la reserva real y total de los datos personales y familiares de las víctimas, así como de su imagen. Es mil veces mejor no tener noticias en los medios de comunicación sobre este delito, que poner en riesgo la vida e integridad de las víctimas por la presión mediática.

Podemos decir que las víctimas están al final del camino y los tratantes y protectores están del otro lado. Pero la diferencia está en que mientras que los tratantes corren tras sus presas para lograr la impunidad, los servicios de asistencia y protección esperan a que la víctima llegue o vaya hacia ellas. Sino ¿Cómo puede explicarse que una víctima permanezca 30 días en una Comisaría, como sucedió con Jhinna Pinchi? y ¿Cómo puede explicarse que hoy aún permanezca sin protección?

Más allá del caso mencionado, queda clara la necesidad de protección que requieren las víctimas. No solo se debe poder garantizar su testimonio en el proceso, sino que fundamentalmente se debe  garantizar su derecho humano a la vida.

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