N° 120: Tráfico de órganos y trata de personas


Durante esta semana se ha denunciado la existencia de una red de traficantes de órganos que viene operando en Lima, captando a pobladores de bajos recursos para que vendan un riñón hasta por siete mil dólares.

Reporte Alternativo aclara que los casos denunciados en este reportaje periodístico son casos de venta de órganos y no delito de trata de personas con finalidad de tráfico de órganos, a menos que se logre confirmar, como consecuencia de la investigación fiscal y del proceso judicial, que alguno de los donantes fue trasladado con engaños a uno de los centros de salud investigados para luego ser intervenido quirúrgicamente. Nos explicamos: la trata de personas consiste en la captación y traslado de una persona, teniendo como fin su explotación sexual o laboral, para la venta de niños, la mendicidad o la extirpación de uno de sus órganos, según sea el caso. En el caso del tráfico de órganos, las mafias o bandas tranzan con gente dispuesta a vender sus órganos por distintas razones (necesidad, pobreza, deuda, otros). Es decir, que hay una transacción, puesto que la persona vende su órgano para que quien lo compre lo comercialice. Tanto pagar, como recibir un pago por un órgano, es ilegal: y los delitos cometidos refieren a la intermediación onerosa de órganos y asociación ilícita para delinquir. La diferencia primordial con la trata de personas con fines de tráfico de órganos, radica en la libertad. En el reportaje al que hacemos mención, los denunciantes señalan conocimiento de la acción que iban a realizar, y más bien sus reclamos pasan por una exigencia económica al sentirse defraudados por la transacción realizada. En cambio, las víctimas de trata de personas son agraviadas en su libertad y en su dignidad. Su situación de explotación se inicia con una falsa oferta empleo, de un viaje, de una oportunidad de mejora, ofrecimiento de matrimonio, u otro. La víctima nunca se entera, hasta el momento de la explotación, de los verdaderos planes de su captador o captadora. Cabe resaltar que los factores que facilitan a los inescrupulosos este tipo de delitos siguen siendo los mismos en ambos casos: pobreza, necesidad, falta de información, ignorancia, desconocimiento y otros tantos. Consideramos de importancia enfocar correctamente estos conceptos con el fin de evitar confusiones. El sistema RETA de la Policía Nacional del Perú, no reporta casos en la finalidad de tráfico de órganos del delito de trata de personas; sin embargo, surge la pregunta de si esta situación es la realidad del país. Nos llama la atención que algunos de los donantes provienen de zonas alto andinas alejadas y no queda claro que estas personas hayan sido conscientes de la transacción ilícita a la que se estaban entregando. De haber sido engañados, es posible que nos estemos enfrentando no sólo a traficantes de órganos, sino a tratantes de personas que operan bajo esta modalidad. Convocamos a las autoridades y especialistas dedicados a este tema, a estar alertas y a seguir de cerca este proceso.

 

Puede leer también:

Anterior N° 120: Las víctimas de trata de personas son cosificadas al extremo que puede ser explotada de múltiples formas sin importar su vida y menos su sufrimiento
Siguiente N° 121: Uno de los grandes problemas en la región de Madre de Dios es la tipificación de los delitos

No hay comentarios aún

Deja un comentario u opinión

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *