N° 126: “Aun falta mucho por trabajar, pero por lo menos ahora hay más visibilidad del problema”


Amaya Renobales, abogada en la organización Vía Humanita. Oficial de Reformas Legislativas e Institucionales y consultora de UNICEF México. Elaboró numerosas publicaciones sobre la Prevención de Trata y Tráfico para abogados, administraciones públicas y docentes.

Nos brinda en esta edición un panorama de la explotación sexual infantil y adolescente y la trata de personas en la región.

¿Qué alcances nos puede dar sobre la explotación sexual en la región?

Creo que es muy difícil hablar de los alcances de este fenómeno en cualquier país o región. La actividad de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes transcurre en la oscuridad del delito y por ello, hay muy pocos estudios cuantitativos al respecto. Hay muy pocas denuncias y escasas sentencias condenatorias. Nuestros sistemas legales apenas hace unos años tipificaron el delito como tal y los mecanismos de implementación de estas leyes son aún más recientes.

Sin embargo, existen algunos problemas comunes en la región que son ingredientes altamente riesgosos para el desarrollo del fenómeno como son la pobreza, la falta de oportunidades, el abandono temprano de los estudios, el desempleo, las desigualdades económicas y sociales, la corrupción de las autoridades y la cultura patriarcal y machista que persiste, sumada a la concepción de los niños y niñas como objetos y no como sujetos de derechos.

A nivel legal en la protección de niños, niñas y adolescentes ¿Qué avances se han presentado en las últimas décadas?

Considero que en América se ha dado importantes avances en la última década a nivel legislativo, como es la identificación del delito de trata de personas como tal y de manera específica. En casi todos nuestros países, se ha aprobado leyes especializadas en la tipificación y sanción de la trata de personas, dedicándole así al delito una ley especial, que contiene mucho mayor detalle en cuando a la protección de las víctimas, mecanismos de coordinación y articulación de instituciones, contenido de las sanciones, etc.

Estas leyes contemplan, si no todas, desde luego muchas más formas de trata de personas que lo que contemplaban antes los códigos penales, los cuales incluso ignoraban algunos tipos penales como la pornografía infantil o el turismo sexual infantil, o que bajo el tipo penal de “corrupción de menores” incluían algunas formas de trata de niños, niñas y adolescentes mezcladas con otras conductas de otra índole y menor gravedad.

Esta evolución legislativa comenzó con la suscripción de los Protocolos de Palermo por parte de los países de América Latina, el cual, además de definir de manera amplia y concreta este delito y recoger específicamente algunas formas de protección para los menores de edad establece la obligación de todos los países de homologar sus legislaciones a lo establecido en dichos Protocolos, entre otras cosas.

¿Cuáles son los retos que aún quedan por superar?

La trata de personas es un delito difícil de tipificar, desde el punto de vista de técnica legislativa, por la cantidad de actividades diferentes que incluye, así como de medios comisivos y finalidades. Además es un delito relativamente nuevo para los ministerios públicos, abogados y jueces, y no siempre conocen a profundidad sus alcances o las dificultades que enfrenta la víctima para denunciar y participar en el proceso, lo que se suma a otras dificultades aún persistentes como las carencias en la aplicación de la perspectiva de género en los procedimientos y mucho más del enfoque de derechos de la niñez en los procedimientos.

Por otro lado, el tema de la prostitución y la explotación sexual siguen siendo temas llenos de falsos mitos, donde a los niños, niñas y adolescentes no siempre se les ve como víctimas de explotación sexual sino como personas que ejercen la prostitución de manera voluntaria, incluso y a pesar de que las leyes locales suelen ser claras en establecer que son siempre víctimas.

¿Cuáles son las principales dificultades para enfrentar la explotación sexual de niños y adolescentes en América Latina y Central?

En el reporte del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Venta de Niños, la Prostitución Infantil y Utilización de Niños para la Pornografía de su visita a México en 2007, se pone de relieve la falta de capacitación, infraestructura, recursos humanos y técnicos, coordinación y capacidad de respuesta rápida y efectiva por parte de los cuerpos de seguridad pública y ministerios públicos. Asimismo, se menciona la ausencia de políticas públicas de atención especializada para las víctimas de este delito y de mecanismos de respuesta y protección a las mismas.

Creo que las carencias encontradas en el territorio mexicano son comunes en muchos de los países de América Latina, si bien, también he de decir que desde la fecha de este reporte, han sido desarrollados numerosas capacitaciones y esfuerzos tanto legislativos como de políticas públicas para mejorar esta situación.

La sociedad civil organizada cada vez está mejor coordinada y las autoridades se están abriendo a su asesoría y apoyo. Aun falta mucho por trabajar, pero creo que por lo menos ahora hay más visibilidad del problema, claridad en su concepto y características, regulación normativa, así como más herramientas y materiales de capacitación y coordinación. Antes del primer Congreso sobre Explotación Sexual Infantil de Estocolmo de 1996, apenas hace 17 años, no había prácticamente nada de eso.

¿Qué características tiene el turismo sexual, y específicamente, la explotación sexual de menores de edad en México?

A pesar de que el fenómeno no es fácilmente visible en los destinos turísticos mexicanos, las empresas y autoridades son conscientes de los efectos nocivos que el mismo puede tener en la imagen y el propio futuro del destino como tal. En este sentido, no quieren ser identificados como destinos de “turismo sexual infantil” y tampoco quieren dejar desprotegida a la comunidad local, que es la que directamente sufre las consecuencias de esta actividad y al mismo tiempo, es la fuente de mano de obra de las mismas empresas turísticas. En otras palabras, el llamado “turismo sexual infantil” no es una forma de turismo sostenible, ni siquiera podría considerarse una forma de turismo. Por ello, ha habido importantes esfuerzos para prevenir el fenómeno como por ejemplo, en el Estado de Quintana Roo, mediante la adhesión al Código de Conducta promovido por ECPAT para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Explotación Sexual en el Turismo y los Viajes, también conocido como TheCode.org o El Código por parte de numerosos hoteles y asociaciones turísticas. La aerolínea Volaris ha suscrito recientemente también dicho Código a nivel nacional. Asimismo, la Secretaría de Turismo ha desarrollado y está impulsando un compromiso de características muy similares al Código de Conducta como mecanismo de no tolerancia y adopción de medidas preventivas por parte del sector empresarial del ámbito turístico.

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