{"id":1577,"date":"2016-06-23T17:53:40","date_gmt":"2016-06-23T22:53:40","guid":{"rendered":"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/?p=1577"},"modified":"2021-02-19T15:01:12","modified_gmt":"2021-02-19T20:01:12","slug":"boletin-n-188-trabajo-infantil-doble-estandar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2016\/06\/23\/boletin-n-188-trabajo-infantil-doble-estandar\/","title":{"rendered":"N\u00b0 188: Trabajo Infantil (doble est\u00e1ndar)"},"content":{"rendered":"<p class=\"ajustify\">El 12 de junio se conmemora el D\u00eda Mundial contra el Trabajo Infantil, cuyo marco este a\u00f1o estuvo dirigido al trabajo infantil en las cadenas de producci\u00f3n. El Per\u00fa, ocupa una de las tasas m\u00e1s altas de trabajo infantil en Latinoam\u00e9rica, y seg\u00fan los resultados de la Encuesta Nacional Especializada de Trabajo infantil, 1 672,900 de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes trabajan en nuestro pa\u00eds, con una tasa de incidencia en zonas rurales del 49%. Desde el derecho internacional se afirma que no todas las labores realizadas por los menores de edad entran en la categor\u00eda de trabajo infantil que deba ser materia de erradicaci\u00f3n, y por el contrario, se puede considerar positiva su participaci\u00f3n en el trabajo en tanto no afecte su desarrollo integral y se respeten las edades m\u00ednimas para su ejecuci\u00f3n. Siguiendo esta l\u00f3gica, en el plano nacional se establece un r\u00e9gimen especial para el adolescente trabajador el cual se encuentra regulado en el C\u00f3digo de los Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes.<\/p>\n<div>\n<p>Un elemento clave en materia de trabajo infantil es la referida a la edad permitida para trabajar. Al respecto, existe una contradicci\u00f3n en el plano nacional, entre el art\u00edculo 51 del C\u00f3digo de los Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes, que establece que de manera excepcional se conceder\u00e1 autorizaci\u00f3n para trabajar a partir de los 12 a\u00f1os, y la Estrategia Nacional para la Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n del Trabajo Infantil 2012-2021 [5] \u00a0(ENPETI) que coloca el m\u00ednimo en 14 a\u00f1os.<\/p>\n<div>\n<div>\n<p>Asimismo, el C\u00f3digo no establece los par\u00e1metros para la aplicaci\u00f3n de esta excepci\u00f3n, y la ENPETI tampoco explica el por qu\u00e9 sube de valla la edad m\u00ednima de 12 a 14 a\u00f1os. Este doble est\u00e1ndar en la edad m\u00ednima admisible para el empleo, puede traer como consecuencia confusiones y contradicciones en los operadores o funcionarios responsables de hacer cumplir la normativa laboral, por lo que es necesaria la aclaraci\u00f3n y fijaci\u00f3n de postura por parte del \u00a0Estado peruano.<\/p>\n<div>\n<div>\n<div>\n<p>Por otro lado, seg\u00fan el art\u00edculo 3 del Convenio 182 de la OIT\u00a0 que tiene la misma l\u00f3gica que sigue la ENPETI-, se considera como peores formas de trabajo infantil todas las formas de esclavitud o las formas an\u00e1logas a la esclavitud; la utilizaci\u00f3n, el reclutamiento o la oferta de ni\u00f1os para la prostituci\u00f3n o la producci\u00f3n de pornograf\u00eda y el reclutamiento de forzoso de ni\u00f1os en conflictos armados. Suscribimos la idea de que estas actividades no deber\u00edan pertenecer a las actividades enmarcadas dentro del trabajo infantil, sino que deben ser calificadas como actividades delictivas, por lo que su tratamiento debiera tambi\u00e9n incorporar un enfoque de derecho penal y de pol\u00edtica criminal.<\/p>\n<div>\n<div>El Estado peruano tiene diversas tareas pendientes en relaci\u00f3n al trabajo infantil, entendi\u00e9ndose que se trata de un fen\u00f3meno que debe articular pol\u00edticas p\u00fablicas orientadas a la lucha contra la pobreza, la formalizaci\u00f3n del empleo, la capacitaci\u00f3n e inserci\u00f3n al mercado laboral de los j\u00f3venes \u00a0y el fortalecimiento de los mecanismos de control y sanci\u00f3n de las empresas o actores que vulneren la normativa sobre el r\u00e9gimen del adolescente trabajador. Superar este d\u00e9ficit contribuir\u00e1 a la prevenci\u00f3n y la lucha contra aquellas labores que perjudican el desarrollo integral de los adolescentes que trabajan, propiciando as\u00ed una sociedad capaz de respetar, proteger, y garantizar los derechos de este sector de la poblaci\u00f3n.<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div><\/div>\n<div><\/div>\n<div>\n<p>Puede leer tambi\u00e9n:<\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2016\/06\/23\/boletin-n-188-se-necesita-mayor-informacion-para-generar-politicas-publicas-relacionadas-al-trabajo-infantil\/\">Se necesita mayor informaci\u00f3n para generar pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas al trabajo infantil<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Per\u00fa, ocupa una de las tasas m\u00e1s altas de trabajo infantil en Latinoam\u00e9rica, y seg\u00fan los resultados de la Encuesta Nacional Especializada de Trabajo infantil, 1 672,900 de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes trabajan en nuestro pa\u00eds, con una tasa de incidencia en zonas rurales del 49%.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1578,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[16,54,20,53,49],"tags":[99,117,112],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1577"}],"collection":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1577"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1577\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5067,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1577\/revisions\/5067"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1578"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1577"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1577"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1577"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}