{"id":1757,"date":"2013-01-17T15:49:50","date_gmt":"2013-01-17T20:49:50","guid":{"rendered":"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/?p=1757"},"modified":"2021-02-19T15:27:52","modified_gmt":"2021-02-19T20:27:52","slug":"boletin-n-114-el-fallo-del-tribunal-constitucional-la-esnna-y-la-trata-de-personas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2013\/01\/17\/boletin-n-114-el-fallo-del-tribunal-constitucional-la-esnna-y-la-trata-de-personas\/","title":{"rendered":"N\u00b0 114: El fallo del Tribunal Constitucional, la ESNNA y la trata de personas"},"content":{"rendered":"<p class=\"ajustify\">La pol\u00e9mica generada por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) estos \u00faltimos d\u00edas, al retornar la edad de la indemnidad sexual a los 14 a\u00f1os, tal como era en el 2006, ha puesto sobre el tapete temas como la violaci\u00f3n sexual, la trata de personas y la explotaci\u00f3n sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes (ESNNA) en el pa\u00eds.<\/p>\n<p align=\"justify\">Como antecedente debemos se\u00f1alar que\u00a0 la\u00a0 Ley 28251 en el 2004 modifica las\u00a0\u00a0 conductas delictivas asociadas a la explotaci\u00f3n sexual de menores de edad, aumentando las penas privativas de libertad e incorporando nuevos tipos penales como el de usuario-cliente y la explotaci\u00f3n sexual en el \u00e1mbito del turismo, penalizando en ambos casos la demanda de sexo comercial con ni\u00f1as, ni\u00f1os o adolescentes.<\/p>\n<p align=\"justify\">En el 2006, con la Ley 28704\u00a0 se modifica nuevamente el C\u00f3digo Penal en lo relativo a las conductas t\u00edpicas,\u00a0 al elevar la edad de \u0093indemnidad sexual\u0094 de 14 a 18 a\u00f1os. Es decir que a partir de ese momento, cualquier relaci\u00f3n sexual con un o una menor de 18 a\u00f1os es considerada una violaci\u00f3n sexual, independientemente del consentimiento.<\/p>\n<p align=\"justify\">En la pr\u00e1ctica, con ello\u00a0 se dejaban sin efecto los avances del 2004 que criminalizaban la demanda de sexo comercial con menores de edad, para terminar criminalizando todo tipo de relaci\u00f3n sexual\u00a0 con menores de 18 a\u00f1os. Lo que aparentemente estaba destinado a proteger a\u00fan m\u00e1s a los adolescentes entre 14 y 18 a\u00f1os de cualquier agresi\u00f3n sexual, termin\u00f3 por crear otros problemas sociales al no distinguir entre una agresi\u00f3n sexual de una relaci\u00f3n sexual consentida y no comercial y, a su vez, no distinguir \u00e9stas de las relaciones sexuales comerciales con menores de edad. As\u00ed mismo, elev\u00f3 la pena a un m\u00ednimo de 25 a\u00f1os de c\u00e1rcel, por encima inclusive del delito de trata de personas que se tipificar\u00eda al a\u00f1o siguiente, en el 2007,\u00a0 con la Ley 28950.<\/p>\n<p align=\"justify\">Cabe se\u00f1alar, que esta situaci\u00f3n dej\u00f3 al descubierto otras contradicciones, como por ejemplo, con lo dispuesto en el\u00a0 C\u00f3digo Civil y el C\u00f3digo de los\u00a0 Ni\u00f1os y Adolescentes que permiten el matrimonio de\u00a0 adolescentes de diecis\u00e9is y diecisiete a\u00f1os de edad (Art. 241 del C\u00f3digo Civil).<\/p>\n<p align=\"justify\">Si se toma en cuenta nuestra realidad peruana, con diferentes cosmovisiones de la vida y la sexualidad,\u00a0 donde el 72,3% de los j\u00f3venes ha iniciado sus relaciones sexuales entre los 15 y 19 a\u00f1os de edad en promedio , el 40% de las mujeres de estas edades tuvo su primera relaci\u00f3n sexual antes de los 18 a\u00f1os\u00a0 y , como se\u00f1ala el Plan Nacional de Acci\u00f3n por la Infancia y Adolescencia 2012\u00a0&#8211; 2021 , los casos de maternidad y paternidad adolescente en el Per\u00fa se han incrementado, estar\u00edamos hablando de que lo que hace falta es m\u00e1s educaci\u00f3n sexual y acceso a programas de planificaci\u00f3n familiar, antes que legislar desconociendo estos aspectos.<\/p>\n<p align=\"justify\">Ello supone tambi\u00e9n, reconocer la existencia de situaciones de explotaci\u00f3n sexual y de trata de menores de edad. Sin embargo estos delitos tienen sus leyes, normas, modos de acci\u00f3n\u00a0 y procesos que se diferencian unos de otros y en los que tambi\u00e9n pueden mediar violencia y amenaza grave. Pero es conveniente distinguirlos claramente, para as\u00ed tambi\u00e9n establecer medidas de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n diferenciadas.<\/p>\n<p align=\"justify\">La decisi\u00f3n por parte del Tribunal Constitucional responde a un pedido firmado por m\u00e1s de diez mil j\u00f3venes, que responde a la realidad que reflejan las cifras y a la\u00a0 preocupaci\u00f3n por el incremento de los abortos clandestinos, as\u00ed como a los riesgos de morbilidad y de\u00a0 mortalidad, como consecuencia de que las j\u00f3venes embarazadas no quer\u00edan ir a un centro de salud, pues forzosamente tendr\u00edan que denunciar a sus enamorados mayores o menores de 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p align=\"justify\">Dicho esto, concluimos que la sentencia del TC, si bien no deja de ser pol\u00e9mica, deja establecido que las normas bien aplicadas debieran ser suficientes, otorg\u00e1ndole al Congreso de la Rep\u00fablica la facultad de legislar sobre la mejor forma de proteger a nuestra ni\u00f1ez y adolescencia respetando sus derechos sexuales, lo que conlleva a superar una serie de problem\u00e1ticas relacionadas a los embarazos no deseados, riesgos de muerte por abortos ilegales y enfermedades de transmisi\u00f3n sexual.<\/p>\n<p align=\"justify\">La explotaci\u00f3n sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en el Per\u00fa es una problem\u00e1tica que est\u00e1 virando de la naturalizaci\u00f3n o tolerancia social a la m\u00e1s dura y deplorable indiferencia. Por lo que no debemos desgastarnos en confundir los temas, orientados por intereses ideol\u00f3gicos, y m\u00e1s bien encaminar los esfuerzos en poner la atenci\u00f3n donde se debe, como por ejemplo en los individuos que hacen uso de los \u0093servicios\u0094 sexuales de menores de edad, que ahora podr\u00e1 ser nuevamente sancionada a trav\u00e9s del delito de cliente-usuario. Este es un tema a ser tratado ampliamente en una nueva editorial.<\/p>\n<p align=\"justify\">La sexualidad es inherente al ser humano, el problema en nuestro pa\u00eds es la desinformaci\u00f3n y el d\u00e9bil sistema de justicia con el que debemos batallar. Los adolescentes pueden ejercer su derecho a la libertad sexual, informaci\u00f3n, salud e intimidad; pero por otro lado, es indispensable la educaci\u00f3n sexual dirigida al adolescente por parte de los padres, el Estado y la sociedad en general.<\/p>\n<p align=\"justify\">Por ello, Capital Humano y Social Alternativo con el apoyo de Pan para el Mundo, ha trabajado una nueva plataforma virtual sobre la explotaci\u00f3n sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en el Per\u00fa. Desde este blog\u00a0<a class=\"vinculo2\" href=\"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativoold\/www.explotacionsexualenperu.com\" target=\"blank\" rel=\"noopener noreferrer\">www.explotacionsexualenperu.com<\/a>, buscaremos promover el di\u00e1logo, esclarecer dudas y facilitar informaci\u00f3n a cualquier persona interesada en el tema, y ahora dada la sentencia, incluso a los adolescentes de 14 a 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p align=\"justify\">Desde ya ponemos este espacio a disposici\u00f3n de los profesionales y especialistas que deseen colaborar en \u00e9l, con el \u00e1nimo de contribuir a la lucha contra la explotaci\u00f3n sexual infantil y adolescente.<\/p>\n<p>Puede leer tambi\u00e9n:<\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2013\/01\/17\/boletin-n-114-esta-ley-del-2006-genero-mas-problemas-que-beneficios-no-corrigio-los-embarazos-adolescentes-ni-las-violaciones\/\">\u00abEsta ley del 2006 gener\u00f3 m\u00e1s problemas que beneficios, no corrigi\u00f3 los embarazos adolescentes ni las violaciones\u00bb<\/a><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La pol\u00e9mica generada por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) estos \u00faltimos d\u00edas, al retornar la edad de la indemnidad sexual a los 14 a\u00f1os, tal como era en el 2006, ha puesto sobre el tapete temas como la violaci\u00f3n sexual, la trata de personas y la explotaci\u00f3n sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes (ESNNA) en el pa\u00eds.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1637,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[16,20,53,49],"tags":[99,112],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1757"}],"collection":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1757"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1757\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5239,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1757\/revisions\/5239"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1637"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1757"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1757"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1757"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}