{"id":1893,"date":"2010-08-26T16:19:28","date_gmt":"2010-08-26T21:19:28","guid":{"rendered":"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/?p=1893"},"modified":"2020-01-20T15:48:52","modified_gmt":"2020-01-20T20:48:52","slug":"una-paradoja-victimas-de-la-noticia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2010\/08\/26\/una-paradoja-victimas-de-la-noticia\/","title":{"rendered":"Bolet\u00edn N\u00b0 53: \u00bfV\u00edctimas de la noticia?"},"content":{"rendered":"<p class=\"ajustify\">En los \u00faltimos meses, el Centro de Atenci\u00f3n gratuito a v\u00edctimas de trata de personas de CHS Alternativo ha atendido dos casos en los que se vio seriamente vulnerado el derecho de reserva, confidencialidad y privacidad de las v\u00edctimas de este delito.<\/p>\n<p align=\"justify\">El primero corresponde a una joven de 18 a\u00f1os de edad, quien tras ser explotada laboralmente en la ciudad de Buenos Aires, a su retorno al pa\u00eds, sin autorizaci\u00f3n y en presencia de miembros de la Polic\u00eda Nacional, fue abordada en la DIRINCRI por los periodistas, quienes difundieron sus im\u00e1genes en medios de comunicaci\u00f3n local. El resultado: una v\u00edctima asustada y preocupada por su seguridad, pues quienes la enga\u00f1aron para trasladarla a otro pa\u00eds en situaci\u00f3n de trata de personas viven muy cerca de su domicilio. Ello sin contar el estigma de vivir en un lugar donde todos la miran como v\u00edctima.<\/p>\n<p align=\"justify\">Un hecho similar sucedi\u00f3 hace unos d\u00edas en el distrito de San Juan de Lurigancho, donde una adolescente de 13 a\u00f1os de edad v\u00edctima de explotaci\u00f3n sexual, fue abordada por periodistas cuando se encontraba al interior de una dependencia policial, difundiendo im\u00e1genes y el testimonio de la agraviada. \u00bfImag\u00ednense el impacto puede tener en su persona esta situaci\u00f3n? Ahora imag\u00ednense el impacto que puede tener en su seguridad.<\/p>\n<p align=\"justify\">Ante la fuerte presi\u00f3n por satisfacer las demandas de la opini\u00f3n p\u00fablica, los medios de comunicaci\u00f3n pueden llegar a cruzar los l\u00edmites \u00e9ticos en la difusi\u00f3n de la identidad de las v\u00edctimas, poniendo en riesgo la investigaci\u00f3n del delito y la propia integridad de \u00e9stas al exponer sus im\u00e1genes y datos personales. En contrario, pueden tambi\u00e9n hacer docencia con la poblaci\u00f3n y establecer l\u00edmites al morbo de su demanda.<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>\u00bfQui\u00e9n debe velar por la reserva, confidencialidad y derecho a la privacidad de estas v\u00edctimas? \u00bfQu\u00e9 acciones se han adoptado para evitar que estos derechos se vulneren?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">M\u00e1s all\u00e1 de los casos mencionados, queda clara la necesidad de que el Estado debe velar por la protecci\u00f3n integral de la v\u00edctima de trata de personas. No s\u00f3lo para garantizar su asistencia m\u00e9dica, psicol\u00f3gica, social y legal, sino, para garantizar, fundamentalmente, su derecho a la privacidad y reserva de identidad.<\/p>\n<p align=\"justify\">El Reglamento de la Ley 28950 (Decreto Supremo No. 007-2008-IN) es enf\u00e1tico al establecer que se debe mantener en reserva y privacidad la identidad de la v\u00edctima, preservando la confidencialidad de las actuaciones policiales, fiscales y judiciales relativas al caso; as\u00ed como, el respeto a la informaci\u00f3n resultante de las entrevistas sociales, psicol\u00f3gicas o historias m\u00e9dicas que se generen.<\/p>\n<p align=\"justify\">Del mismo modo, el C\u00f3digo de Ni\u00f1os y Adolescentes establece que cuando un menor de edad se encuentre involucrado como v\u00edctima de una infracci\u00f3n, falta o delito, no se deben publicar su identidad, ni su imagen a trav\u00e9s de los medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Queda claro que nuestro marco normativo proh\u00edbe la difusi\u00f3n de la identidad e imagen de la v\u00edctima a trav\u00e9s de cualquier medio de comunicaci\u00f3n, bajo responsabilidad administrativa, civil o, incluso, penal. Obviamente que la responsabilidad en ello, recae en los operadores encargados de su protecci\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"justify\">La imposici\u00f3n de penas tan severas que contempla la ley 28950 contra los autores del delito de Trata de Personas, debe equipararse a las sanciones que deben recibir los funcionarios y servidores que vulneran los derechos de las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>En tal sentido, urge brindar protecci\u00f3n efectiva a las v\u00edctimas de Trata de Personas, pero esta\u00a0 protecci\u00f3n debe abarcar tambi\u00e9n la reserva de sus datos personales as\u00ed como de sus familiares.<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Una paradoja: \u00bfv\u00edctimas de la noticia?<\/strong><\/p>\n<p>La integridad y la libertad de las v\u00edctimas de Trata de Personas no puede ser el precio que se tenga que pagar para satisfacer el morbo de millones de televidentes, lectores y radioescuchas, que ya lo hacen con todos los delitos y accidentes de tr\u00e1nsito que diariamente enlutan al pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Puede leer tambi\u00e9n:<\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2010\/08\/26\/periodista-jose-marino\/\">Periodista Jos\u00e9 Mari\u00f1o<\/a><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los \u00faltimos meses, el Centro de Atenci\u00f3n gratuito a v\u00edctimas de trata de personas de CHS Alternativo ha atendido dos casos en los que se vio seriamente vulnerado el derecho de reserva, confidencialidad y privacidad de las v\u00edctimas de este delito.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1499,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[16,20,53,49],"tags":[99,112],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1893"}],"collection":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1893"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1893\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3095,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1893\/revisions\/3095"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1499"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1893"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1893"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1893"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}