{"id":2638,"date":"2009-01-15T16:26:23","date_gmt":"2009-01-15T21:26:23","guid":{"rendered":"http:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/?p=2638"},"modified":"2020-01-14T16:32:38","modified_gmt":"2020-01-14T21:32:38","slug":"entrevista-dra-elvira-alvarez-olazabal-vocal-superior-de-la-quinta-sala-penal-de-la-corte-superior-de-justicia-de-lima","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2009\/01\/15\/entrevista-dra-elvira-alvarez-olazabal-vocal-superior-de-la-quinta-sala-penal-de-la-corte-superior-de-justicia-de-lima\/","title":{"rendered":"Entrevista Dra. Elvira \u00c1lvarez Olaz\u00e1bal, Vocal Superior de la Quinta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima"},"content":{"rendered":"<p class=\"ajustify\">Continuando con el seguimiendo al cumplimiento del reglamento del Ley 28950, Reporte Alternativo, entrevist\u00f3 a la Dra. Eliva \u00c1lvarez Olaz\u00e1bal para conocer las acciones que viene realizando el Poder Judicial respecto a la problem\u00e1tica.<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>1.-\u00a0 Seg\u00fan el reglamento de la Ley N\u00ba 28950, Ley contra la Trata de Personas y Tr\u00e1fico Il\u00edcito de Migrantes, el art\u00edculo 17\u00ba se\u00f1ala que el Poder Judicial promover\u00e1 el desarrollo de estrategias para la prevenci\u00f3n de los delitos de trata. Cu\u00e1l es el aporte de los jueces respecto a la problem\u00e1tica?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Si bien nos encontramos a un mes y quince d\u00edas de la daci\u00f3n del D. Supremo n\u00ba 007-2008-IN, puedo afirmar que la capacitaci\u00f3n y el dise\u00f1o de estrategias, tal como prev\u00e9 el literal a) del art\u00edculo 17 de dicho Reglamento, fue iniciada en nuestra instituci\u00f3n desde mucho tiempo atr\u00e1s, pues desde la daci\u00f3n de la ley 28950 se pudo advertir la necesidad de una mayor difusi\u00f3n y debate para su adecuada implementaci\u00f3n por los operadores del Sistema. As\u00ed, independientemente de los cursos dictados por otras instancias de capacitaci\u00f3n, la Representaci\u00f3n del Poder Judicial ante el Plan Nacional de Acci\u00f3n por la Infancia y la Adolescencia, inicialmente\u00a0 realiz\u00f3 la presentaci\u00f3n en la Academia de la Magistratura -tanto a Magistrados como al personal jurisdiccional-, de dos obras de difusi\u00f3n elaboradas por CHS Alternativo, mediante un panel integrado tanto por expertos como por magistrados, a fin de debatir los alcances de la norma interna, la legislaci\u00f3n internacional -espec\u00edficamente el Protocolo de Palermo-, dando cuenta igualmente de los informes sobre los graves alcances y perjuicios que el accionar delictivo de los tratantes viene ocasionando no s\u00f3lo en nuestro pa\u00eds sino a nivel mundial, , existen verdaderas bandas u organizaciones criminales que han aumentado y sofisticado su accionar, ante lo lucrativo de estas reprobables conductas.<\/p>\n<p align=\"justify\">\n<strong>2.- \u00bfLa Corte Superior de Lima tiene un registro de cu\u00e1ntos casos existen sobre la trata de personas y el tr\u00e1fico il\u00edcito de migrantes? De ser as\u00ed, \u00bfEn que etapa procesal se encuentran? \u00bfCuantas sentencias condenatorias existen por este grave delito?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">No contamos con un registro actualizado de informaci\u00f3n, en el cual se discrimine adecuadamente el ingreso de causas por estos delitos, con los detalles de n\u00famero de involucrados, lugares de procedencia, etc., e incluso existen defectos en los formatos de inscripci\u00f3n, por lo que no contamos con informaci\u00f3n veraz de seguimiento a cada uno de los casos o del n\u00famero de sentencias condenatorias en nuestra Corte, y si ellas adquirieron la calidad de cosa Juzgada o a\u00fan se encuentran en revisi\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>3.-En agosto del 2008, se realiz\u00f3 el curso taller Trata de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes con fines de explotaci\u00f3n sexual Comercial dirigido a los operadores de justicia del Poder Judicial, al que asistieron entre otros un n\u00famero importante de magistrados de la Corte Superior de Lima, \u00bfqu\u00e9 tan sensibilizados se encuentran frente al Principio del inter\u00e9s Superior del Ni\u00f1o? Por otro lado se llegaron a unas conclusiones, se est\u00e1n tomando en cuenta?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Considero que la actitud ha variado notable y favorablemente hacia el\u00a0 reconocimiento y defensa de los derechos de infancia y adolescencia, v\u00edctima o testigo de este tipo de delitos, as\u00ed como de aquellos por casos de violencia sexual, pues se han interiorizado los avances doctrinarios y legales para otorgar una real garant\u00eda de los derechos de este sector vulnerable, m\u00e1xime si como se ha demostrado, un gran porcentaje de las v\u00edctimas de estos delitos, son precisamente ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes, cuyas\u00a0 posibilidades de desarrollo y expectativas futuras, son seria y profundamente afectadas.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nLas conclusiones del taller de Agosto, fueron publicadas en la web institucional y difundidas a trav\u00e9s de los representantes del PNAIA en cada una de las Cortes, para que sirvan de pauta inicial respecto a las labores conjuntas interinstitucionales, y asimismo puedan dar lugar a la armonizaci\u00f3n de criterios jurisdiccionales o encuentros plenarios futuros de los se\u00f1ores Magistrados, respecto a la tipificaci\u00f3n adecuada o diferenciaci\u00f3n de los tipos penales respecto a este tipo de conductas criminales, para que el procesamiento y sanci\u00f3n de los part\u00edcipes resulte eficiente y adecuado.<\/p>\n<p align=\"justify\">\n<strong>4.- C\u00f3mo ubica al Sistema de Justicia\u00a0 en el Per\u00fa en relaci\u00f3n\u00a0 al tema de trata de personas,\u00a0 con respecto a los pa\u00edses vecinos?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">La necesaria comparaci\u00f3n de los avances que han logrado los Sistemas de Justicia de pa\u00edses vecinos, motiv\u00f3 la participaci\u00f3n en uno de los talleres de representantes del Poder Judicial Argentino, espec\u00edficamente de la Provincia de R\u00edo Negro, as\u00ed como de efectivos policiales de la Divisi\u00f3n especializada del Ecuador, habiendo todos coincidido tal como se plasmara en las conclusiones del Taller, en la necesidad que coparticipen adem\u00e1s los representantes del Gobierno Nacional, de los Regionales y locales, as\u00ed como del Poder Legislativo, a fin de aunar esfuerzos para que no s\u00f3lo se reduzca el n\u00famero de casos, sino para que se establezcan sistemas de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n de los Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes agraviados y de las potenciales v\u00edctimas de estos delitos en nuestros pa\u00edses, trabajo que igualmente debe involucrar a la Sociedad civil.<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>5.- Regresando al Reglamento de la Ley N\u00ba 28950, que otras acciones se vienen realizando?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">En cuanto al literal b) del mismo art\u00edculo del Reglamento, la promoci\u00f3n de la especializaci\u00f3n del personal jurisdiccional integrante de los Juzgados Especializados que se constituyan para el cumplimiento de la Ley 28950, contra la trata de personas y tr\u00e1fico il\u00edcito de migrantes, as\u00ed como la decisi\u00f3n de creaci\u00f3n de nuevos \u00f3rganos jurisdiccionales o la conversi\u00f3n de los actuales a esta nueva especialidad, es una decisi\u00f3n que corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial como \u00f3rgano m\u00e1ximo de gesti\u00f3n, y es por ello que se vienen evaluando las condiciones, n\u00famero de causas, las estad\u00edsticas as\u00ed como la complejidad de casos, a fin de dictar la medida mas conveniente, pues no es posible soslayar que ello involucra disponer de una asignaci\u00f3n presupuestal, sea en el caso de creaci\u00f3n como en el de conversi\u00f3n de \u00f3rganos jurisdiccionales, resultando por todos conocidas las restricciones presupuestarias que han ocasionado por ejemplo la postergaci\u00f3n del cronograma de implementaci\u00f3n del nuevo C\u00f3digo Procesal Penal a nivel nacional.<\/p>\n<p align=\"justify\">En cuanto al literal c) del citado numeral, el sistema estad\u00edstico con el que cuenta nuestra instituci\u00f3n no resulta el m\u00e1s adecuado en su estructura ni en su alcance, por el contrario buscamos informaci\u00f3n en los archivos del SIATF de la Fiscal\u00eda y del Sistema RETA del Ministerio del Interior, por lo que ante esta clamorosa necesidad, se ha planteado la realizaci\u00f3n de una consultor\u00eda -inicialmente s\u00f3lo a nivel de las siete cortes del Proyecto, con perspectiva a ser ampliada a nivel nacional-, para contar con estos sistemas que permitir\u00e1n un planeamiento y desarrollo adecuados de las actividades que deben desplegarse.<\/p>\n<p align=\"justify\">\n<strong>6.- Existe un caso emblem\u00e1tico dentro de la labor realizada por la Divisi\u00f3n contra la Trata de Personas de la PNP.\u00a0 El 11 de octubre de 2007 captan a una adolescente de 17 a\u00f1os en la ciudad de Iquitos para ser explotada sexualmente por una mujer de llamada Paulina Grajeda, alias ?Bertha Guzm\u00e1n?, en unos de sus locales ubicados en la ciudad del Cusco. Luego de ser investigada esta persona fue detenida como presunta autora del delito de Trata de Personas agravada (45 Juzgado Penal de Lima, expediente 2007-49271).En este momento goza de total libertad. Nuestra inquietud es la siguiente, trat\u00e1ndose de una v\u00edctima menor de edad y de un grave delito que supondr\u00eda una pena superior a los doce a\u00f1os para el presunto autor, usted\u00a0 podr\u00eda explicarnos por qu\u00e9 el juez cambi\u00f3 el mandato de detenci\u00f3n por el de comparecencia, para la procesada?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Recordemos que existe una legislaci\u00f3n procesal vigente en la mayor\u00eda de distritos judiciales (25 Cortes superiores), aplicable al evaluar la condici\u00f3n procesal de un sujeto denunciado, as\u00ed como un nuevo C\u00f3digo Procesal Penal vigente en su integridad en cuatro Cortes, cuerpos legales que prescriben la reserva de la investigaci\u00f3n, al existir un Principio de reserva consagrado en el art\u00edculo 2\u00ba numeral 2 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, por lo que aplicar\u00e9 los criterios generales por los cuales se considera al mandato de detenci\u00f3n, una restricci\u00f3n aplicable como \u00faltima ratio.<\/p>\n<p align=\"justify\">Debo decir que la problem\u00e1tica de la detenci\u00f3n preventiva -no s\u00f3lo en nuestra jurisprudencia sino en la de muchas latitudes-, tiene muchas aristas que se consideran conflictivas, pues\u00a0 en efecto, el legislador la establece para hechos graves como aquellos que son materia de esta entrevista, sin embargo siendo una medida de naturaleza cautelar, debe responder adem\u00e1s, a los criterios de excepcionalidad y proporcionalidad, ser debidamente fundamentada ante la existencia de indicios razonables, as\u00ed como en la verosimilitud acerca de la intervenci\u00f3n que se atribuye al involucrado. As\u00ed el Tribunal Constitucional ha expresado ? debe considerarse la \u00faltima ratio a la que el juzgador debe apelar, esto es, susceptible de dictarse s\u00f3lo en circunstancias verdaderamente excepcionales y no como regla general?.<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>7.- Para finalizar, con respecto al proyecto ?El Estado y la Sociedad contra el abuso y la<\/strong>\u00a0<strong>explotaci\u00f3n sexual comercial de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes?, \u00bfcu\u00e1les son los \u00faltimos alcances?<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Siendo una instituci\u00f3n beneficiaria del apoyo brindado por el Reino Belga, a trav\u00e9s del convenio que integr\u00f3 al Poder Judicial al denominado ?Proyecto Belga? suscrito por nuestro pa\u00eds : ?El Estado y la Sociedad contra el abuso y la explotaci\u00f3n sexual comercial de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes?, -Poder Judicial y UNICEF, 13.06.08-, se han logrado realizar diversos talleres de debate y propuestas, en las Cortes Superiores de los distritos Judiciales de Cusco, Loreto, Callao, Lima Norte, Huaura, Ca\u00f1ete, Lima y Madre de Dios, por corresponder a las zonas geogr\u00e1ficas donde se detect\u00f3 la mayor incidencia de denuncias por delitos de esta naturaleza. Se han integrado a dichos eventos a los representantes de las diversas instituciones del Sistema de Justicia como el Ministerio P\u00fablico, el MININTER, MINJUS y otros, as\u00ed como representantes de la Defensor\u00eda del Pueblo espec\u00edficamente en la Adjunt\u00eda para la Ni\u00f1ez, con el prop\u00f3sito de definir las pautas del trabajo articulado que consideramos imprescindible para el abordaje de los casos sometidos a investigaci\u00f3n, pues las actividades preventivas as\u00ed como aquellas de denuncia, procesamiento y sanci\u00f3n, requieren de la participaci\u00f3n coordinada de las diversas instituciones, si pretendemos una labor eficiente y eficaz en todos los niveles de actuaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Continuando con el seguimiendo al cumplimiento del reglamento del Ley 28950, Reporte Alternativo, entrevist\u00f3 a la Dra. 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