{"id":5465,"date":"2021-04-19T19:50:18","date_gmt":"2021-04-20T00:50:18","guid":{"rendered":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/?p=5465"},"modified":"2021-04-20T11:55:17","modified_gmt":"2021-04-20T16:55:17","slug":"n274-la-explotacion-humana-en-el-trabajo-domestico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/2021\/04\/19\/n274-la-explotacion-humana-en-el-trabajo-domestico\/","title":{"rendered":"La explotaci\u00f3n humana en el trabajo dom\u00e9stico."},"content":{"rendered":"\r\n<p><strong>A prop\u00f3sito de la publicaci\u00f3n del reglamento de la Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar<\/strong>.<\/p>\r\n\r\n<p><em><strong>Por Juan Diego Motta<\/strong><\/em><\/p>\r\n<p>Nuestras relaciones sociales incluyendo la estructura de nuestra econom\u00eda monetaria se sostienen en base a la cooperaci\u00f3n, por ejemplo, gracias al aprovechamiento de la denominada econom\u00eda de cuidado. De acuerdo a la OIT esta econom\u00eda de cuidado incluye servicios dom\u00e9sticos, de salud, de cuidado de ni\u00f1os y ni\u00f1as, de personas con discapacidad y de adultos mayores<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>. Sin el ej\u00e9rcito de personas que realizan estas tareas no ser\u00eda posible ninguna obra p\u00fablica o privada, ni ning\u00fan \u00e9xito profesional.<\/p>\r\n<p>El aprovechamiento de este inmenso sector se puede producir en el terreno del\u00a0 trabajo dom\u00e9stico remunerado (TDR), as\u00ed como del trabajo dom\u00e9stico no remunerado (que por lo general se encuentra invisibilizado); tanto en la econom\u00eda formal como en la informal, incluso en las actividades ilegales. Muchas de estas situaciones se entrecruzan y nos presentan un escenario muy complejo, entre cooperaci\u00f3n y explotaci\u00f3n; entre trabajo decente y trabajo forzoso, y en general situaciones de vulnerabilidad y de abierta discriminaci\u00f3n.<\/p>\r\n<p>De acuerdo al Plan de Acci\u00f3n de cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores del hogar 2019 \u2013 2021, en el Per\u00fa alrededor de 400 mil personas realizan TDR, el cual es realizado por mujeres en un 95,6%; por ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes entre <strong>14 y 17 a\u00f1os de edad en un 5%; y solo\u00a0 el 34,6% ha culminado sus estudios primarios y el 12,1% no tiene ning\u00fan tipo de estudio.<\/strong> Asimismo, el 92,4% se encuentra en situaci\u00f3n de informalidad<a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a>. Estas cifras convierten a este sector en un nicho importante de situaciones de explotaci\u00f3n humana, tales como la trata de personas y\/o el trabajo forzoso. M\u00e1s a\u00fan en el escenario de crisis econ\u00f3mica que atravesamos en medio de la pandemia del covid-19.<\/p>\r\n<p>\u00a0En ese contexto el 16 de abril de este a\u00f1o se aprob\u00f3 el Decreto Supremo N\u00ba 009-2021-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N\u00ba 31047, Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar. A diferencia de la Ley N\u00b0 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar (n\u00f3tese el uso de los g\u00e9neros) y su Reglamento, ambos del 2003; la nueva ley y el nuevo reglamento otorgan derechos que buscan eliminar las condiciones de trabajo diferenciadas que exist\u00edan entre el r\u00e9gimen laboral del TDR y el r\u00e9gimen general de la actividad privada: Jornada m\u00e1xima de trabajo de 8 horas diarias y 48 semanales; descanso anual remunerado completo de 30 d\u00edas; \u00a0gratificaciones y CTS completas; sobre tasa del 100% de la remuneraci\u00f3n por d\u00eda feriado trabajado; contrato de trabajo por escrito, por duplicado y registrado por el empleador ante el Ministerio de Trabajo y Promoci\u00f3n del Empleo (MTPE); y salario no menor a la remuneraci\u00f3n m\u00ednima vital.<\/p>\r\n<p>El reglamento tambi\u00e9n crea el<strong> Registro del Trabajo del Hogar<\/strong>, como una plataforma web para el registro de los contratos de trabajo, las personas trabajadoras del hogar, sus empleadoras y la emisi\u00f3n de boletas de pago. Un paso importante para llevar un registro de la realidad del trabajo dom\u00e9stico y que contribuye a la formalidad en el sector. Brinda tambi\u00e9n facilidades respecto al acceso a la educaci\u00f3n de las trabajadoras del hogar, tales como permisos, jornadas y horarios adecuados, acceso a internet, etc.<\/p>\r\n<p>Asimismo, se establecen otros temas relacionados a la situaci\u00f3n de explotaci\u00f3n humana: Ahora solo est\u00e1 permitido el TDR para mayores de edad. Existen reglas de protecci\u00f3n espec\u00edfica contra el hostigamiento sexual y los actos de discriminaci\u00f3n, y se se\u00f1ala expl\u00edcitamente la obligaci\u00f3n del MTPE de controlar y hacer seguimiento a las agencias de empleo, emitiendo las sanciones correspondientes. Por ejemplo, el reglamento establece como prohibiciones expresas para las agencias de empleo la retenci\u00f3n de cualquier tipo de documento de identidad (nacional o extranjero), objetos personales, antecedentes penales, o cartas de recomendaci\u00f3n. Esto es importante para los casos de agencias que se dedicaban a realizar intermediaci\u00f3n o tercerizaci\u00f3n laboral (supuestos prohibidos), que reten\u00edan el salario de las trabajadoras por concepto de \u2018comisi\u00f3n por colocaci\u00f3n de empleo\u2019, o en los casos en que se promocionaban falsas ofertas de empleo que escond\u00edan situaciones de trata de personas y\/o trabajo forzoso.<\/p>\r\n<p>El reglamento tiene el acierto de hacer menci\u00f3n expresa a situaciones de trabajo forzoso cuando se\u00f1ala: La obligaci\u00f3n de capacitaciones en materia de prevenci\u00f3n de trabajo forzoso (como m\u00ednimo a una capacitaci\u00f3n al inicio de la relaci\u00f3n),\u00a0 enfatizar en la prohibici\u00f3n del trabajo forzoso (que ya exist\u00eda en las normas penales e inspectivas), as\u00ed como la obligaci\u00f3n de que SUNAFIL reporte semestralmente a la Comisi\u00f3n Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso el resultado de las actuaciones inspectivas en materia de trabajo forzoso en el sector, a fin de que esta haga seguimiento de la atenci\u00f3n integral f\u00edsica, psicol\u00f3gica y legal brindada a las v\u00edctimas.<\/p>\r\n<p>No obstante, inexplicablemente el reglamento no alude de manera expresa a otros delitos como la trata de personas, esclavitud o explotaci\u00f3n sexual, de los cu\u00e1les hay evidencia tanto a nivel fiscal como judicial. Consideramos que se deben interpretar como incluidas, en la medida que la propia ley estable como su finalidad la protecci\u00f3n de los derechos fundamentales (p. e. dignidad, libertad personal, libertad de trabajo, etc.), as\u00ed como hace menci\u00f3n expresa, aunque gen\u00e9rica de la \u201cexplotaci\u00f3n o trata laboral\u201d, al mencionar el rol de prevenci\u00f3n del Estado.<\/p>\r\n<p>Por \u00faltimo, a nivel del procedimiento inspectivo laboral, la ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar establece algunas disposiciones que lamentablemente el reglamento no desarroll\u00f3. La ley posibilita que la autoridad administrativa del trabajo interponga medidas provisionales que aseguren la tutela efectiva de las v\u00edctimas de trabajo forzoso e infantil. Asimismo, establece que ante la negativa del empleador de permitir el ingreso al domicilio donde labora la trabajadora del hogar, la declaraci\u00f3n de la denunciante ser\u00e1 valorada como presunci\u00f3n de hechos ciertos. Ante el riesgo a la integridad de la trabajadora del hogar, las autoridades competentes deben garantizar la protecci\u00f3n de sus derechos, sin que sea exigible la autorizaci\u00f3n judicial.<\/p>\r\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Ver: https:\/\/www.ilo.org\/global\/topics\/care-economy\/lang&#8211;es\/index.htm.<\/p>\r\n<p><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">[2]<\/a> R.M. N\u00b0 284-2019-TR que aprueba el \u201cPlan de Acci\u00f3n de cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores del hogar 2019 &#8211; 2021, en el marco de la implementaci\u00f3n del Convenio 189 de la OIT\u201d. P. 14. Ver tambi\u00e9n: Defensor\u00eda del Pueblo. 2016. Las trabajadoras del hogar en el Per\u00fa. Lima. P.10 y ss.<\/p>\r\n<p>&nbsp;<\/p>\r\n<p>Sobre el autor: Abogado de la PUCP, e<em>specialista en derecho laboral del Proyecto Compromiso contra el Trabajo Forzoso<\/em><\/p>\r\n<p>&nbsp;<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Observaci\u00f3n General 25, un hito que compromete a los Estados en la protecci\u00f3n de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en Internet.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4761,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[19,53],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5465"}],"collection":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5465"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5465\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5468,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5465\/revisions\/5468"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4761"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5465"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5465"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/chsalternativo.org\/reportealternativo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5465"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}