Pleno del Congreso aprobó por unanimidad dictamen contra los delitos de trata de personas y explotación en sus distintas formas

Pleno del Congreso aprobó por unanimidad dictamen contra los delitos de trata de personas y explotación en sus distintas formas

El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sobre los proyectos de ley que, entre otros, consideran la trata de personas y las distintas formas de explotación como delitos contra la dignidad humana.

El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad de 109 congresistas el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sobre los proyectos de ley que, entre otros, consideran la trata de personas y las distintas formas de explotación como delitos contra la dignidad humana y asegura la reparación civil integral y adecuada a sus víctimas.

Cuatro son los aspectos más destacados del dictamen aprobado. Primero, reafirma que los tratantes y los explotadores denigran a sus víctimas en su condición de seres humanos, razón por la cual —como sostiene la propia Corte Suprema de Justicia— afectan su dignidad humana, bien jurídico protegido que tiene como núcleo esencial la prohibición de cosificación, instrumentalización o mercantilización de la persona.

Segundo, precisa cuatro criterios mínimos para determinar la reparación civil de las víctimas, a saber, los salarios impagos; los costos del tratamiento médico, psicológico y psiquiátrico; los costos de la rehabilitación física, social y ocupacional; y, la indemnización por la pérdida de oportunidades, empleo, educación y prestaciones sociales. Procura, así, una reparación civil integral y adecuada, pues el sistema de justicia no ha establecido criterios y, en muchos casos, fija montos inadecuados a los daños y perjuicios causados.

Tercero, se establece que el defensor público de víctimas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, o el abogado del Centro de Emergencia Mujer asumen la representación legal de las niñas, niños y adolescentes víctimas, y pueden constituirse en actor civil para hacer efectivo su derecho de acceso a la justicia y ejercer plenamente sus derechos procesales.

Cuarto, prevé que la subasta de los bienes de los tratantes y explotadores decomisados que pasaron a titularidad del Estado, sean destinados a la reparación civil de las víctimas cuando el condenado no cuente con patrimonio suficiente. Esto permitirá superar la dificultad de las víctimas para ejecutar la reparación civil y, de esta manera, satisfacer sus derechos.

Exhortamos al Poder Ejecutivo a promulgar oportunamente esta ley, que contribuirá a que el Estado Peruano fortalezca sus acciones contra los graves fenómenos criminales de la trata de personas y las distintas formas de explotación, cumpliendo los estándares internacionales en esta materia.

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