Pronunciamiento de CHS Alternativo frente a la propuesta de modificación de la Ley de creación de la APCI
Capital Humano y Social Alternativo (CHS Alternativo), como organización no gubernamental, se pronuncia sobre el dictamen aprobado recientemente por la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, que pretende nuevamente modificar la Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), con el supuesto objetivo de fortalecer la transparencia y fiscalización en entidades como la nuestra. Al respecto quisiéramos mencionar lo siguiente:
- Desde la inscripción en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) ante APCI, las ONGD estamos obligadas a presentar declaraciones anuales que, entre otros aspectos, exigen informar sobre el marco de intervención de nuestras iniciativas; el alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y del propio Estado peruano; el presupuesto y niveles de ejecución; el marco de resultados y los indicadores que miden ese alcance; así como las evaluaciones y auditorias de cada proyecto que implementamos.
- Asimismo, como la gran mayoría de ONGD, conforme a ley, estamos obligadas a someternos a las fiscalizaciones que APCI decide realizar a nuestros proyectos. Por tanto, cumplimos con los principios de transparencia y responsabilidad en la ejecución de los recursos que recibimos, e informamos debidamente a las entidades cooperantes, las que nos obligan a bancarizar todas las operaciones financieras desde el inicio hasta el final de la ejecución de cada proyecto, con cuentas separadas.
- En el marco de esta iniciativa legislativa, los congresistas parecen olvidar que son los donantes los primeros interesados en un correcto uso de los fondos. Por eso es que han previsto, dependiendo de las características de su cooperación, procesos que evalúan el desarrollo programático de los proyectos, e inclusive establecen y realizan auditorías externas que aseguran un correcto uso de sus recursos, de acuerdo a la legislación peruana y a la legislación de sus propios países, con la finalidad de poder informar a sus contribuyentes.
- Compartimos la preocupación de otras ONGD y de los Estados cooperantes que brindan apoyo al país, por el uso político de las reformas que pretenden aprobarse. Especialmente, porque, evaluadas técnicamente, algunas resultan ser inconstitucionales y otras alteran la organización, competencia y funciones de diversas entidades del Poder Ejecutivo, desde la propia APCI, el Ministerio de Economía y Finanzas, la SUNAT, la UIF, entre otras. Estas y otras entidades gubernamentales han emitido opiniones sobre los proyectos de ley y han expresado en muchos casos su desacuerdo con varias de las medidas, pero sus observaciones no han sido consideradas.
- Una ONGD no puede estar en contra del fortalecimiento de la transparencia y la fiscalización cuando las disposiciones resulten ser legales, proporcionales y razonablemente justificadas. Pero, lamentablemente, el dictamen está plagado de errores y medidas que no respetan estas premisas. Algunas de ellas son:
- a) El uso indiscriminado de términos ambiguos. Solo a modo de ejemplo, la supervisión tendrá como objeto la “correcta utilización” de los recursos de la cooperación, sin precisar a qué se refiere este término.
- b) También se establecen sanciones desproporcionadas, como el pago de hasta 500 UIT por supuestos no establecidos legalmente, dejando a la APCI la facultad de definir una metodología, lo que atenta contra el principio de legalidad. Esta medida inicialmente se había establecido en 50 UIT en un proyecto de ley, lo que demuestra que no ha existido un análisis de la proporcionalidad entre la infracción y la multa.
- c) El establecimiento de “un registro actualizado de todas las organizaciones y entidades que desarrollan activismo político” que son aquellas que, según la propuesta, buscan modificar las políticas públicas nacionales o resultados electorales. Esta disposición involucraría a la mayoría de organizaciones que monitorean y evalúan las políticas públicas, y que en algunos casos colaboran con el Estado para fortalecerlas. Esto recorta el derecho a la participación en los asuntos públicos, constituyendo una medida inconstitucional.
- d) Se instauran de manera articulada un conjunto de medidas que buscan obligar a las ONG a inscribir todas sus intervenciones (no solo las que realizan con cooperación técnica no reembolsable) y presentar semestralmente una declaración que actualmente es anual. El propio Ministerio de Relaciones Exteriores ha sugerido indirectamente mantener su carácter anual.
- e) Busca crearse una intendencia adscrita a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para fiscalizar los recursos de cooperación técnica internacional que reciben las ONG, en la cual la inscripción es obligatoria. Esta medida implicaría una “doble fiscalización”, a nivel tributario, que podría comprometer las funciones del APCI y la UIF.
- f) En las disposiciones complementarias se menciona que las organizaciones y entidades que gestionan cooperación técnica internacional se encuentran prohibidas de celebrar cualquier tipo de contrato, acto jurídico o administrativo con el Estado. Esta es una flagrante limitación al derecho a contratar, ya que se restringe el mismo sin justificación alguna.
Frente a estas medidas, además de expresar nuestro rechazo, consideramos necesario convocar a todas las organizaciones privadas y entidades estatales que trabajan cotidianamente con las ONGD a pronunciarse en contra de esta posible decisión del Congreso y su promulgación presidencial, pues estas limitaciones ponen en riesgo la articulación que la gobernanza necesita para fortalecerse.
Concretamente, en la lucha contra la explotación de personas, se podría afectar a esfuerzos de la Policía Nacional, el Poder Judicial, el Ministerio Público y diferentes sectores como Mujer, Justicia y Derechos Humanos, Desarrollo e Inclusión social, entre otros, que reciben apoyo de las ONGD que luchamos contra la explotación de personas y que con nuestras acciones, ayudamos a paliar los efectos de un presupuesto estatal cada vez más limitado, que impide muchas veces que las instituciones públicas y, especialmente sus funcionarios en terreno, puedan cumplir con sus funciones.
Lo más lamentable y preocupante, es que este tipo de medidas afectan nuestra capacidad de aportar a la prevención de la trata de personas, la explotación sexual, el trabajo forzoso, entre otros fenómenos y, particularmente, repercuten en el apoyo en la identificación, atención y asistencia a las víctimas de estas prácticas, donde se ha visto el avance del crimen organizado.