Esta semana la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables informó a los medios de comunicación que el presente año su sector implementará dos centros de atención residencial para víctimas de trata de personas (Andina 26/0372014), uno en Lima y otro en Madre de Dios.
Lo cierto es que al margen de la buena noticia, revisando las notas del Reporte Alternativo, encontramos un ofrecimiento similar en una visita de la entonces Ministra Ana Jara a Madre de Dios que data del 9 de enero del 2012. La nota de la agencia internacional Infancia Hoy, menciona sobre la puesta de la primera piedra de un servicio para este rubro.
Esperamos que esta vez se implemente el servicio y finalmente se resuelva el gran dilema que han tenido las autoridades nacionales y regionales para recatar a las víctimas. El argumento de falta de alojamiento, ha sido de alguna manera el justificante para la inacción o en cierta medida, la vía más sencilla para no enfrentar el enorme reto de proteger los derechos humanos de cientos o miles de víctimas de trata de personas en dicha zona. Un lugar donde los propios dueños de los prostibares declaraban que se trata de una respuesta a la demanda sexual en la actividad minera.
Estos días han sido cruciales para la búsqueda del control de la minería informal. El Estado enfrenta una situación compleja de contaminación ambiental, evasión fiscal, delincuencia y trata de personas.
La Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal (Decreto Supremo N°003-2014) aprobada en enero del 2014 señala claramente que la trata de personas es una actividad conexa que debe ser atendida.
Sin embargo, se repite el mismo error que con el Reglamento de la Ley 28950 contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, ya que la Estrategia Nacional nace nuevamente sin presupuesto y por qué no decirlo sin voluntad política real.
El ciudadano de pie, espera que el Estado le ayude a resolver los problemas que lo aquejan. Que el Gobierno Local, no permita que más bares, cantinas o maquilas donde se violan derechos humanos, se sigan incrementando en su distrito. Que sus hijos busquen un empleo en condiciones seguras y que las víctimas obtengan justicia. En suma, espera respuestas tangibles.
Mientras se definen los estándares ambientales para la minería ilegal, o la acreditación de la propiedad o autorización del uso del terreno, no se exige que se detenga la esclavitud humana en los campos mineros.
En la entrevista al especialista Gabriel Arriarán, nos comentaba que para el asesor de la FEDEMIN, los delitos conexos a la minería informal, como la trata de personas, son factores que escapan de la formalización, es decir, que poco o nada tienen que ver en las exigencias dentro del proceso de formalización por parte del gobierno.
¿Qué sucederá entonces si este proceso de formalización culmina sólo en la autorización legal para el uso de la tierra en las acciones extractivas? ¿Dónde quedará la situación de las personas explotadas laboral o sexualmente en los campamentos mineros o la situación de vulnerabilidad a la que ingresa la población vecina de las zonas de extracción?
El Estado no puede limitarse sólo a exigir estándares ambientales, sino también debe tener en cuenta un compromiso que rechace y coopere en la denuncia y eliminación de zonas de explotación humana.
Se deben contemplar políticas que incluyan la trata de personas dentro de este proceso, si esto no sucede, la formalización de los mineros sólo logrará un cambio favorable hacia ellos en cuanto al tema extractivo, librándolos de toda responsabilidad sobre lo que sucede como consecuencia de su actividad, mas no logrará una acción concreta contra la trata de personas.
Si el gobierno peruano no presta atención a estos puntos débiles, podríamos estar enfrentando una realidad perpetua.
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