«A partir del nuevo Código Procesal Penal la víctima está considerada como sujeto de derechos y no como objeto de prueba. Anteriormente los operadores se interesaban en obtener información de las víctimas. Ahora a las víctimas se les protege».
En el marco de la Cruzada Nacional contra la Trata de Personas, ¿qué acciones realizará el Ministerio Público de manera descentralizada?
Como miembro del Grupo de Trabajo Contra la Trata de Personas estamos participando activamente en la elaboración de los planes de trabajo para todas las actividades planteadas.
De manera específica, el Ministerio Público está trabajando actualmente en la preparación de la segunda fase de la Cruzada, que consiste en capacitar y sensibilizar a 192 alumnos líderes de Madre de Dios, Loreto, Tumbes y Puno sobre su condición de seres sujetos de derecho, la problemática de la Trata de Personas y las herramientas que tienen para protegerse.
En Loreto, por ejemplo, los fiscales de familia capacitarán a los líderes escolares y en Lima harán las capacitaciones acompañados de un representante del Ministerio de Educación.
Durante el lanzamiento de la Cruzada, mencionaron que el Ministerio Público atendió a 3437 menores de edad durante el 2009 a través del Programa de Asistencia a Víctimas y Testigos y las Unidades de Asistencia Inmediata. ¿Qué porcentaje está referido directamente a víctimas de Trata de Personas?
A mayo del 2010 nuestro Programa de Asistencia a Víctimas y Testigos y las Unidades de Asistencia Inmediata ha atendido a 42 víctimas de trata de persona a nivel nacional.
¿Y cómo se da esta asistencia?
Cuando se rescata una víctima de Trata, luego de los operativos efectuados conjuntamente con la Policía Nacional del Perú, estas son derivadas a las Unidades de Asistencia Inmediata que están conformadas por equipos multidisciplinarios de las áreas de derecho, psicología y asistencia.
En principio las víctimas reciben soporte emocional para poder soportar las consecuencias emocionales del delito. Luego reciben preparación sobre las actuaciones procesales para que puedan intervenir en el proceso con un testimonio idóneo.
Además existen abogados que si bien no patrocinan los casos, los orientan sobre sus derechos durante la investigación.
¿Cómo ha beneficiado el nuevo Código Procesal Penal a los procesos por casos de Trata de Personas?
A partir del nuevo Código Procesal Penal, la víctima está considerada como sujeto de derechos y no como objeto de prueba y así los fiscales penales que ven los casos no sólo ven a las víctimas desde el punto de vista legal.
Anteriormente los operadores se interesaban en obtener información de las víctimas. Ahora a las víctimas se les protege.
En ese sentido, el fiscal trabaja junto a la víctima, la orienta respecto a la estrategia para presentar el caso, porque recordemos que el fiscal es el más interesado en que un caso esté debidamente fundamentado para obtener la sentencia condenatoria, siempre respetando el debido proceso.
Además el nuevo CPP está instaurando un sistema más agil en el que la víctima cuenta con mayores garantías.
Respecto a este punto, la Cruzada también considera de interés principal hacer entender a los menores de edad que son sujetos de derechos.
Sobre la calificación del delito, ¿a qué se debe que presuntos casos de Trata de Personas sean denunciados como Proxenetismo?
Lo que diferencia a la Trata es que la víctima está sometida en contra d su libertad, de su voluntad. El bien jurídico vulnerado en ese delito es la libertad personal. Y es el Ministerio Público el que debe calificar el delito en primera instancia y presentarlo al Poder Judicial. Pero a veces hay confusión.
Al respecto, la escuela del Ministerio Público ya viene capacitando a los operadores a nivel nacional para que puedan entender e identificar el delito y calificarlo de manera adecuada.
Además, el año pasado hubo capacitaciones sobre el tema y además se ha aprobado una guía de procedimiento para casos de Trata con fines de explotación sexual.
Sobre los magistrados implicados en el caso de la víctima de Trata de Personas, Jhina Pinchi, como presuntos clientes, ¿qué acciones se desarrollan desde el Ministerio Público?
Los órganos de control interno de la Fiscalía de la Nación ya deben haber tomado cartas en el asunto.
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