Nº 310 | SILVIA LOLI: “ELIMINAR EL ENFOQUE DE GÉNERO ES UN RETROCESO, PERO LA IGUALDAD NO SE DEROGA CON UNA LEY”


Silvia Loli Espinoza es abogada y política peruana. Fue ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. En esta entrevista aborda la controversia generada por el dictamen del proyecto de ley aprobado por el Congreso que elimina el enfoque de género de la legislación nacional, sustituyéndolo por el concepto de igualdad de oportunidades.

El Congreso acaba de aprobar el dictamen de un proyecto de ley que elimina el enfoque de género de toda la legislación peruana. Desde su experiencia, ¿qué implica este cambio para las políticas públicas de prevención de la violencia contra la mujer?

Este proyecto no es nuevo; circula desde hace varios años. La inclusión del enfoque de género en la Ley de Igualdad de Oportunidades fue en su momento una conquista que respondió al Acuerdo Nacional del año 2002. Aunque la ley usó una definición imperfecta —“equidad de género”—, su espíritu apuntaba a la igualdad real entre hombres y mujeres, no solo a la igualdad en el texto legal. Luego se corrige incluso desde el Comité para la Eliminación de la Discriminación hacia la Mujer («CEDAW» por sus siglas en inglés), indicando que lo que se busca en el país es igualdad de facto, es decir, igualdad real en la vida cotidiana.

No existe igualdad solo desde las oportunidades ni desde los textos legales. La CEDAW señala que limitarse a la “igualdad de oportunidades” restringe el verdadero objetivo de alcanzar una igualdad real. Por eso, cualquier debate centrado únicamente en igualdad de oportunidades es insuficiente. Lo que se busca es una igualdad efectiva para las mujeres.

En ese sentido, el enfoque de género es indispensable porque es una herramienta metodológica que permite analizar y comprender las desigualdades vinculadas a estereotipos y roles tradicionales. Eliminar este enfoque no solo borra una palabra; reduce las metas del país respecto a la igualdad real. Lo que plantea la nueva norma es limitar la acción pública a la “igualdad de oportunidades”, un concepto restringido y sin un marco teórico sólido. Ellos en realidad no quieren igualdad. Lo que quieren es solamente igualdad de partida, de inicio, en la oportunidad. No les importa que realmente la mujer logre la igualdad plena.

¿Cómo afecta esta eliminación del enfoque de género en las políticas públicas y en la estructura del Estado?

La afectación es principalmente política y simbólica. La investigación, la producción académica y la práctica profesional seguirán analizando las disparidades entre hombres y mujeres, porque son objetivas. El enfoque de género no desaparece solo porque la ley deje de nombrarlo. El mayor problema es el silenciamiento; se pretende ocultar que existen desigualdades estructurales. Pero ahí hay dos problemas: primero, que se están entrometiendo en las potestades exclusivas del Poder Ejecutivo, que es quien define las políticas públicas y podría observar (la ley) por inconstitucional. Y, por otro lado, no se pueden borrar los estándares internacionales vigentes. Los tratados de derechos humanos, incluyendo Belém do Pará y CEDAW, tienen rango constitucional. Por ello, ningún Congreso puede eliminar ese mandato con una ley ordinaria. El Estado está obligado a cumplir los estándares internacionales vigentes y estos no pueden ser desconocidos ni derogados.

¿En la práctica, la ley impactará en los servicios de atención para las mujeres por casos de violencia?

No de manera sustancial. La Ley 30364, que regula la violencia contra las mujeres, no usa la palabra “género” para definir la violencia, sino que la explica como violencia ejercida contra las mujeres por su condición de tales. Esa definición es plenamente compatible con la interpretación del Poder Judicial, que ya reconoce que esta violencia tiene relación con mandatos y roles de género. En la práctica, los jueces seguirán interpretando los casos como violencia ejercida contra las mujeres por su condición de tales, por lo que no habrá grandes cambios operativos. Lo mismo pasa con los servicios, que también aplican el enfoque por mandato legal. Aunque la nueva ley buscara reemplazarlo por “igualdad de oportunidades”, en la práctica los operadores seguirán utilizando los criterios ya incorporados. El verdadero problema es político: se busca invisibilizar las causas estructurales de la violencia.

 Usted mencionaba que la ley también cambia el nombre de los Centros de Emergencia Mujer y reemplaza “Grupo Familiar” por “Familia”. ¿Esto preocupa?

Sí, porque la noción legal de “familia” es más estrecha que la de “grupo familiar”. El grupo familiar incluye relaciones de hecho, parejas no formalizadas, parejas con impedimento legal, familias ensambladas que sí están contempladas en la Ley 30364. Llamarlos “familia” puede generar confusión y exclusión simbólica de quienes también requieren protección.

 ¿La eliminación del enfoque de género podría afectar la formación y capacitación de operadores públicos?

La formación del Estado en igualdad de género lleva más de diez años. No va a cambiar porque una norma pretenda borrar términos. Los contenidos seguirán siendo necesarios para entender las desigualdades. Lo que se busca ahora es silenciar los avances logrados, reemplazándolos por conceptos que no responden a la realidad ni representan ningún desarrollo teórico válido. Lo más probable es que se rebauticen los enfoques, pero la práctica seguirá igual, se explicarán las desigualdades estructurales, aunque ya no se les nombre como “género”.

Y en lo que se refiere a la educación sexual integral, ¿cuál es el cambio?

La anterior ley ya incluía la Educación Sexual Integral (ESI) con criterios científicos y éticos. El problema de la nueva redacción no es el término “biológico”, porque eso también tiene que ver con la ciencia, sino que vuelve a exigir que los contenidos de la ESI se adecúen a los valores y creencias de los padres. Ese es el problema, que cualquier cosa que tú quieras poner a nivel de la educación sexual, tiene que ser consultada con ellos. Eso ya se discutió en el Poder Judicial y se determinó que no corresponde, porque limita el derecho a una educación basada en evidencia. Reinstalar esa exigencia es un retroceso.

¿Si la ley es promulgada debe aplicarse de manera inmediata?

Aunque las leyes rigen al día siguiente de su publicación, esta norma establece una aplicación progresiva, con un plazo de un año, sin precisar cómo. La progresividad implica presupuesto para capacitar personal, modificar documentos de gestión alinear todo el aparato estatal, lo cual requiere inversión pública y tiempo. El MIMP tiene 180 días para adecuar ciertos instrumentos, pero es probable que, cuando llegue el momento de evaluar avances, ya haya cambiado el gobierno o incluso se derogue la ley. Esto generará ruido, pero su implementación es incierta y no se hace en tres meses.

Si la eliminación del término “género” no cambiará la atención ni la prevención, ¿cuál sería el objetivo de este cambio?

Lo que busca es silenciar el origen de la desigualdad. Forma parte de una corriente conservadora global que busca frenar avances en igualdad y derechos y mantener las estructuras patriarcales. La discusión no es técnica, sino ideológica. Es una disputa por el poder simbólico: controlar el lenguaje, los conceptos y los sentidos, como una estrategia para mantener las estructuras patriarcales y resistirse al cambio social. Pero los derechos de las mujeres no pueden retroceder porque están sustentados en normas constitucionales y estándares internacionales.

Sin embargo, la violencia no disminuirá si no se reconoce su raíz estructural. El país enfrenta altos niveles de tolerancia, actualmente ocho de cada diez hombres y siete de cada diez mujeres toleran algún tipo de violencia. Además, muchas víctimas no denuncian porque consideran que “no vale la pena” o porque son disuadidas por su entorno. Entonces, eliminar el enfoque de género no soluciona nada; más bien invisibiliza las razones que explican esta violencia.

¿Por qué en nuestro país la tolerancia social a la violencia sigue siendo tan alta?

Porque el Perú arrastra una cultura que históricamente legitimó el castigo como forma de corrección y control. La valoración social de la mujer sigue marcada por estereotipos, roles rígidos y prejuicios. Las víctimas son juzgadas constantemente por cómo se visten, por dónde estaban, por su vida privada. Estos juicios influyen en la decisión de denunciar o no. Los cambios sociales son lentos y requieren esfuerzos sostenidos a lo largo de generaciones.

¿Cómo podemos avanzar hacia una transformación real?

La prevención es clave, pero requiere inversión, educación y transformación cultural. Se necesita trabajar con mujeres y hombres para construir nuevas formas de relación basadas en igualdad. La violencia es una expresión de poder y control y combatirla exige reducir la desigualdad y promover autonomía económica, la participación social y el acceso equitativo al desarrollo. Esto es responsabilidad de todos. El Estado debe garantizar políticas sostenidas y basadas en evidencia y la sociedad debe cuestionar sus propias prácticas, desde la familia hasta los espacios laborales. La transformación implica revisar creencias, romper estereotipos y promover relaciones igualitarias. La lucha no es mujeres contra hombres, sino contra ideas patriarcales y conservadoras que sostienen la desigualdad y que pueden estar presentes en ambos.

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