- Normativa acogió recomendaciones formuladas por la institución en mesa de trabajo.
La Defensoría del Pueblo resaltó la publicación del reglamento de la Ley n°. 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar, lo cual representa un paso importante para su cumplimiento en el marco del respeto a los derechos fundamentales históricamente vulnerados a este sector laboral. En este contexto, urge hacer efectivo el reglamento de la ley y sancionar cualquier incumplimiento por parte de los empleadores/as.
Luego de publicada la ley en el 2020, que representó avance significativo por adecuarse al Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, se estableció un periodo para la aprobación de un reglamento por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). No obstante, a pesar de haber prepublicado un proyecto de ley el 16 de diciembre de 2020, pasaron más de tres meses para que se publicara un reglamento a partir del trabajo realizado en una mesa de trabajo interinstitucional, en donde participó la Defensoría del Pueblo.
De esta manera, el reglamento tomó en cuenta la recomendación defensorial de acoger los principios de igualdad y no discriminación, primacía de la realidad, irrenunciabilidad de derechos, asociación y libertad sindical, entre otros. Asimismo, incorporó de manera expresa la obligación de las y los empleadores de extender boletas de pago a las personas trabajadoras del hogar.
En esa línea, también se tomó en cuenta la solicitud defensorial de regular las formas de prestación de trabajo en el hogar, sea con o sin residencia, a tiempo completo o parcial. Asimismo, se reconocieron los derechos colectivos en cuanto a la negociación colectiva y libertad sindical, lo cual se considera esencial ante una vulneración de derechos laborales.
De otro lado, un problema esencial para la Defensoría del Pueblo resulta la lucha contra el hostigamiento sexual laboral, más aún en la labor de las trabajadoras del hogar, que se han visto afectadas por esta forma de violencia de género de manera impune. En ese sentido, destaca que el reglamento incluya mecanismos para la capacitación virtual o presencial que prevenga este problema, los cuales estarán dirigidos al empleador/a y la persona trabajadora del hogar.
Adicionalmente a ello, se establece la protección de la maternidad de la mujer trabajadora del hogar y se señala como nulo su despido por encontrarse en esta condición, además de que goza del derecho al descanso pre y posnatal conforme al régimen laboral privado. También, se estableció la obligación expresa de que el empleador/a garantice condiciones laborales óptimas para prevenir el contagio del COVID-19 o enfermedades infectocontagiosas, sean o no pandémicas.
Finalmente, se crea la mesa de trabajo para promover el cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores del hogar, espacio que servirá de articulación de los sectores competentes y organizaciones sindicales representantes, conforme a la octava disposición complementaria de la Ley 31047. La Defensoría del Pueblo considera esenciales estas medidas establecidas en el reglamento y se mantendrá vigilante para su efectivo cumplimiento.
Fuente: Defensoría del Pueblo
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