Hacia un programa presupuestal contra la trata de personas


Carlos Romero

CHS Alternativo

 


Desde hace más de una década el Gobierno Peruano viene promoviendo una estrategia de gestión pública que vincula la asignación, la aprobación, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los recursos presupuestales a la realización de productos —bienes y servicios— y la obtención de resultados medibles para resolver los principales problemas que afectan a la ciudadanía y, de esta manera, contribuir a la mejora de su calidad de vida.

Tres son los cambios que propone esta estrategia, denominada Presupuesto por Resultados, con relación a su formulación tradicional del presupuesto público, a saber, que este se negocia y asigna considerando los resultados que se pretende lograr en beneficio de la ciudadanía y no en función de las necesidades de las instituciones públicas; que las asignaciones se hacen según los productos que se brindarán a la población, de acuerdo a las estructuras de costos y los modelos operativos, y no a los insumos que se requieren; y, que el control financiero verifica la entrega de los productos y la obtención de los resultados, y no solo si se gastó lo asignado a la institución el año anterior.

Los principales instrumentos mediante los cuales se implementa el Presupuesto por Resultados son los Programas Presupuestales, que constituyen las unidades de programación de las actividades de las instituciones públicas; las Evaluaciones Independientes, que permiten validar la consistencia en la elaboración, la lógica y la gestión de los mencionados programas presupuestales, así como su eficacia; los Reportes de Seguimiento, para corroborar si se lograron las metas previstas; y, los Incentivos a la Gestión, que tienen por objeto transferir recursos económicos adicionales a las instituciones que cumplieron las metas.

La elaboración de los programas presupuestales corresponde a las entidades del gobierno nacional, por cuanto ejercen la rectoría de las políticas públicas, con la asistencia metodológica de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, y comprende dos etapas, a saber, el diagnóstico y el diseño. La primera, identifica un problema que afecta sensiblemente a la población —denominado problema público— y cuáles son las causas que lo originan, tanto directas como indirectas.

La etapa del diseño, por su parte, identifica el cambio que se pretende alcanzar, es decir, el resultado, así como aquellos productos que, conforme lo demuestra la evidencia científica disponible, contribuyen a alcanzarlo; estos productos son el conjunto de bienes y servicios que recibe la población luego de la realización de una serie de actividades que consumen recursos físicos, humanos y financieros.  

En este contexto, el 5 de abril de 2019 se publicó la Ley 30925, que ordena al Ministerio del Interior —con el acompañamiento del Ministerio de Economía y Finanzas— elaborar un programa presupuestal de carácter multisectorial para la implementación de la política pública contra la trata de personas, así como establecer los indicadores para su respectivo seguimiento de desempeño, las evaluaciones independientes y los incentivos a la gestión municipal a que hubiere lugar, en un plazo máximo de 180 días hábiles.

Este programa presupuestal exige que se definan cuáles son los resultados que se pretenden alcanzar en la lucha contra el mencionado fenómeno criminal; el compromiso de las distintas instituciones con competencias en la prevención, la fiscalización administrativa y persecución penal, y la asistencia, protección y reintegración de las víctimas, para obtener dichos resultados por sobre otros objetivos secundarios o procedimientos de carácter interno; la determinación de los responsables en cada uno de los tres niveles de gobierno; la generación oportuna de información de calidad y de las herramientas de gestión institucional; y, la rendición de cuentas.

Cabe precisar, sin embargo, que el plazo de 180 días otorgado a los ministerios del Interior y de Economía y Finanzas venció a fines del 2019, razón por cual es imperativo que cumplan su obligación legal de elaborar el programa presupuestal multisectorial contra la trata de personas en el más breve plazo, por cuanto este fenómeno criminal constituye una de las manifestaciones más graves de la violencia de género, que afecta la condición misma de seres humanos de sus víctimas. 

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