N° 241: Víctima doblemente vulnerable de la trata de personas


Ser mujer en el Perú es sinónimo, en muchas ocasiones, de desigualdad. Y esa desigualdad se agrava en el caso de la mujer indígena. Con ocasión de la conmemoración de su día cada 5 de septiembre, invitamos a reflexionar sobre la situación en la que se encuentra: según datos de la Comisión de Mujer y Familia del Congreso de la República y del IDEHPUCP (2017), la brecha respecto a la situación de los varones -indígenas o no- se manifiesta, entre otros aspectos, en un porcentaje menor de ingresos, en condiciones laborales más precarias y en una mayor tasa de analfabetismo y matrícula en el nivel secundario. Así también, en menores oportunidades de acceso a servicios de salud –especialmente los servicios de salud sexual y reproductiva- y en una mayor propensión a ser víctimas de violencia de género.

Es claro entonces que estas condiciones de vulnerabilidad colocan a la mujer indígena en el  punto de mira de los tratantes de personas. No en vano, de acuerdo a las últimas cifras publicadas por el Ministerio Público (2018), las casi 5.000 denuncias fiscales vinculadas al delito de trata de personas en el Perú que se presentaron entre los años 2009 y 2017 involucraron a más de 7.000 presuntas víctimas, el 80% de ellas mujeres. La mayoría de esas denuncias se registraron, además de en Lima y el Callao, en Loreto, Madre de Dios y Cusco.

La alta incidencia de casos en las citadas regiones se debe, sobre todo, a la existencia de industrias y actividades económicas extractivas –la mayoría de ellas informales- vinculadas a la minería, a la tala de madera y al cultivo de coca, fundamentalmente. Allí se instalan campamentos de trabajo que fomentan el desarrollo de una red de servicios como bares y prostíbulos, donde las víctimas son acogidas y explotadas laboral y/o sexualmente. Cabe mencionar además que la trata de personas en estos lugares se ve facilitada por la informalidad de los sistemas de transporte que se dirigen de los Andes a la Amazonía, y al interior de la Amazonía misma (CHS Alternativo, 2016).

Ante esta problemática, el Estado debe dar aún una respuesta más adecuada y eficaz. Desde el enfoque de prevención, el propio Plan Nacional Contra la Trata de Personas 2017-2021 reconoce las dificultades existentes para incorporar los enfoques de derechos humanos, de interculturalidad y de interseccionalidad en las diversas estrategias y acciones. Es así que urge brindar información continua sobre la trata de personas, los riesgos y las consecuencias a las comunidades nativas en su lengua originaria, sin olvidar la realización de acciones de fiscalización de los bares y locales donde impera este delito, así como una adecuada formalización y ordenamiento del transporte, tanto fluvial como terrestre.

Respecto a la persecución y sanción del delito, se debe fortalecer la formación y preparación de las autoridades responsables de la identificación, denuncia y juzgamiento de casos, ya que se sigue demostrando una falta de sensibilización y conocimiento al respecto; así como mejorar el nivel de coordinación y articulación entre estas autoridades, tanto a nivel interno como fronterizo.

Por último, nuestra institución ha podido constatar que las víctimas se encuentran en un nivel de desprotección y vulnerabilidad que dificulta su salida del ciclo de la explotación, ya que en muchos casos son regresadas a sus lugares de origen, donde suelen ser expuestas nuevamente a sus tratantes. Por ello, se precisa que el Estado realice un seguimiento de su situación para contribuir a prevenir la reincidencia y contar con medidas de atención integral a las víctimas, lo que incluye su reintegración, con énfasis en un real acceso a la educación, a la salud y al trabajo.

Fuentes:

  • IDEHPUCP (2017)
  • Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República (2017)
  • Ministerio Público – Fiscalía de la Nación (2018)
  • Decreto Supremo N° 017-2017-IN

 

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