N° 272: Cecilia Tello: “Vamos un 74% de cumplimiento del Plan Nacional de Lucha Contra el Trabajo Forzoso”


Entrevista realizada a Cecilia Tello.

Directora de Promoción y Protección de Derechos Fundamentales Laborales 

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

 

1. ¿Cuánto se ha avanzado en la implementación del III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, qué está pendiente?

 

Como antecedente es importante recordar que el III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, tiene un tiempo de vigencia que va entre el 2019 y el 2022 y este fue aprobado mediante el Decreto supremo N°15-2019 del MTPE, el 18 de septiembre del año 2019, también importante saber que este III Plan tiene una estructura que cuenta con un objetivo general, dos objetivos específicos, 9 estrategias y 41 líneas de acción que en total congregan también 71. Somos responsables pero también tenemos entidades que acompañan para el logro y cumplimiento exitoso de este III Plan que apuesta por la reducción de la prevalencia del trabajo forzoso en nuestro país.

Cuando hemos evaluado este primer año nos hemos dado con la identificación de que el 77% de aquello que nos planteamos cumplir, en el marco de este III Plan fue cumplido, ya para el año 2020 dada la emergencia sanitaria tuvimos que plantearnos una estrategia nueva para poder desarrollar acciones y es en ese sentido que tuvimos que priorizar luego de una evaluación interna, qué acciones podíamos desarrollar en este caso priorizamos ocho acciones estratégicas, con 20 líneas de acción y 33 indicadores, a la fecha hemos estimado que tenemos un porcentaje de cumplimiento de este POA  del 70 % de actividades cumplidas. Es decir que en promedio, entre el primer año y el segundo año de implementación, nosotros tenemos alrededor del 74% de actividades cumplidas.

¿Cuál es el resultado de esta intervención que hemos realizado? Es que hemos podido potenciar capacidades a fin de incluir actividades en los planes regionales y locales que tengan una  temática exclusiva vinculada al trabajo forzoso, esto para darle una mirada de sostenibilidad y de compromiso institucional con relación a hacer frente a este problema público.

También quisiera contarles que en el marco de todo lo que tenemos pendiente por hacer es que en la próxima sesión de la Comisión Nacional de Lucha contra el Trabajo forzoso vamos a presentar a los miembros y vamos a aprobar el POA 2021 a fin de poder tener un norte  que es particular para este país, seguimos enfrentando la Covid19 y además este es nuestro año de bicentenario y sobre el cual vamos a priorizar acciones que nos  permitan continuar con el cumplimiento de este documento de política.

2. El III Plan diagnostica que hay un déficit de información y plantea la necesidad de implementar un observatorio, ¿qué falta para esto?

Debo decirte que el III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso no se plantea la necesidad de implementar un observatorio por déficit de la información existente, sino lo que nosotros señalamos en el III Plan es que en el Perú hay un déficit de información cuantitativa y cualitativa del fenómeno del trabajo forzoso y por ello uno de nuestros principales retos es realizar estudios y encuestas que nos puedan acercar a la realidad para poder caracterizar de manera adecuada el trabajo forzoso en nuestro país.

Según el III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, la Secretaria Técnica somos los responsables de la creación, el diseño metodológico del observatorio de trabajo forzoso, es una de las líneas de acción y que tiene como finalidad operar como un instrumento de gestión pública para poder captar información, reelaborar, analizar y difundir el comportamiento de la presencia del delito de trabajo forzoso en el Perú brindando oficial oficia para que puedan tomar decisiones

Cuenta con la implementación de la encuesta para poder evaluar la situación y caracterizar la prevalencia del trabajo forzoso en nuestro país, y en ese caso estamos nosotros implementando esta encuesta de la mano con OIT y con INEI y con ella si hacemos directa conexión con aquello que hemos planteado en el diagnóstico del III Plan donde se plantea este déficit de información que ustedes mencionan; y puedo decirles que nosotros a partir del 17 de septiembre 2019 entre el sector trabajo y  promoción del empleo y el INEI suscribimos un convenio específico de cooperación interinstitucional que tiene por objetivo realizar el levantamiento y procesamiento de información sobre la prevalencia del trabajo forzoso en la región Cusco en el marco de sus competencias a fin de que podamos contar con una línea de base sobre la cual se pueden fortalecer las acciones de prevención y rectificación de este delito.

Asimismo puedo decirles que a la fecha nosotros ya estamos realizando la operación de campo en cuanto a la encuesta va a tener una duración de cinco semanas y a la fecha nos encontramos en la primera semana de operación de campo de la encuesta por sí misma, porque debemos tener en cuenta que es la primera vez que el país tiene una encuesta especializada en trabajo forzoso y tiene además una encuesta asociada a situaciones vinculadas a la vulnerabilidad a problemas estructurales del país.

 

3.¿Se podría trabajar el observatorio nacional contra el trabajo forzoso con el apoyo de la sociedad civil, la cooperación u otras instituciones como el Congreso?

 

Toda política pública necesita un soporte no solamente desde la coordinación a nivel interinstitucional o sectorial, la articulación intersectorial, necesita también tener un respaldo de la sociedad civil que lo conozcan lo hagan suyo y puedan asumir el norte, el objetivo que tenemos para lograr el objetivo de la política pública de manera general.

En cuanto al apoyo que podamos contar de otro de los poderes del Estado como es en este caso el Congreso de la República, nosotros consideramos importante la preocupación que puede tener en este caso el Congreso para poder plantear la prioridad de hacer frente a este problema público, sin embargo cuando nosotros revisamos nuestro marco normativo constitucional y la ley orgánica del poder ejecutivo identificamos que  el poder ejecutivo tiene competencias exclusivas en el diseño e implantación de políticas públicas y en cuanto al observatorio que es el resultado de la identificación, que es una herramienta de esta política pública tiene también un objetivo y que necesita en el marco de la evaluación de los instrumentos y herramientas de política pública necesita en primer lugar diseñarse, establecerse metodológicamente cual es la estructura que debe tomar y para eso necesita una reflexión a nivel técnico que puede convocar a los especialistas de todos los sectores que forman parte del Estado, de la sociedad civil, los organismos especializados a nivel estatal incluso convocar a los organismos internacionales que puedan brindar asistencia técnica para su elaboración y en ese sentido también merece evaluación este instrumento y de necesitar mejorarse, reorganizarse, incluso anexarse a otros instrumentos que tienen esta misma finalidad resultaría también parte de la discrecionalidad en la gestión que tiene el sector público para poder diseñar y formular este tipo de instrumento de política pública. Sin embargo este diseño como cualquier otro instrumento para lograr su objetivo tiene que ser el resultado de una importante reflexión en el cual todos podemos sumar y ser parte.

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