N° 116: La ley perfecta no hace justicia por sí sola


En el año 2011 señalamos en el estudio “El proceso penal peruano en el delito de trata de personas: 14 casos en Lima y Loreto” las dificultades del Poder Judicial para tipificar adecuadamente, aplicar las penas y agravantes, dictar medidas de reserva y protección de víctimas así como valorar adecuadamente los medios probatorios.

A fines del 2012 en la “Agenda Pendiente de la Trata de Personas 2013-2016”,  reiteramos el sentido de urgencia de una política pública eficaz en la protección de víctimas y sanción del delito. En esa misma línea se pronunció el Informe Defensorial número 158 (2012).

Han transcurrido 5 años desde que se aprobó la Ley 28950 – Ley contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes y las iniciativas por mejorar la redacción del delito de trata de personas se han multiplicado. Tanto desde los que cuestionan su amplio margen de acción por el número de conductas y finalidades que comprende, como los que señalan que considerarlo un delito contra la libertad es insuficiente. En ese proceso el año 2011 el Poder Judicial emitió el Acuerdo Plenario Nº 3-2011-CJ-116 que no siempre ha sido tomado en cuenta al resolver, un ejemplo de ello es el Caso “la Noche”.

Lo cierto es que a la luz de los estudios señalados anteriormente,  queda claro que LA JUSTICIA no pasa necesariamente por la nueva redacción de la Ley, sino por la aplicación correcta de la misma. Para ello se requiere una administración de justicia capaz de resolver con un mínimo de profesionalismo. Sentencias con penas inferiores o inadecuadamente tipificadas son el resultado de una lamentable combinación entre inadecuada formación profesional e insensibilidad respecto al dolor ajeno. No se puede tapar el sol con dedo.

El Ministerio Público en el año 2012, elaboró una iniciativa dirigida a conformar fiscalías especializadas en el tema, sin embargo se desconoce si se aprobará. Iniciativa importante, dirigida precisamente a revertir la situación descrita. Por ahora queda esperar si la aplicación del nuevo modelo procesal penal, servirá para sancionar adecuadamente este delito.

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