Boletín N° 60: La trata de personas: una forma de violencia que afecta principalmente a las mujeres


El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de Naciones Unidas, mediante la resolución A/RES/54/134, declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Se escogió esta fecha para conmemorar el asesinado de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas, por orden del dictador dominicano Rafael Trujillo (1930-1961).

Mediante la mencionada resolución, la Asamblea General de Naciones Unidas reconoce que la violencia contra la mujer constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer.

La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Belem Do Para”, establece por violencia contra la mujer en su artículo 1: cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.

En el Perú una de las formas más crudas de violencia hacia la mujer es la Trata de Personas, especialmente con la finalidad de explotarlas sexualmente, como hemos venido denunciándolo sistemáticamente en este espacio.

El Sistema Oficial del Registro de Trata de Personas y Delitos Afines RETA-PNP, reporta que de enero de 2004 a noviembre de 2010 se han registrado 835 víctimas de trata de personas, de las que el 93% son mujeres. Este porcentaje aumenta cuando revisamos la finalidad de explotación sexual, en este punto el Sistema RETA-PNP ha registrado durante ese mismo período 582 víctimas, de las cuales 98% son mujeres.

Debemos resaltar que estas cifras reflejan sólo una parte de la problemática, ya que son muchos los casos que no se denuncian, algunas veces por causa de una situación de desinformación de la población o de las autoridades. Otras veces las denuncias no son registradas en el Sistema RETA – PNP debido a que no todas las comisarías cuentan con internet o con clave para ingresar al sistema. En la reciente publicación de CHS Alternativo “La percepción de la Trata de Personas en el Perú”  se da cuenta que existiría una incidencia mucho más importante de ese delito en las diferentes regiones del país, sobre todo en Lima, Huancavelica y Loreto, así como en las zonas donde el narcotráfico tiene una fuerte presencia.  En estas últimas, es común ver a adolescentes traídas de otras regiones, explotadas laboral y sexualmente en bares, la pregunta sería qué está haciendo el Estado por ellas.

El Reglamento de la Ley 28950-Ley contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, establece responsabilidades específicas a diferentes sectores del Poder Ejecutivo, al Poder Judicial y a los Gobiernos Regionales y Locales para prevenir este delito, para proteger y asistir a las víctimas y para sancionar a los tratantes. Al respecto, si bien se registran algunos avances en el cumplimiento de este reglamento, no es suficiente, y aún hay mucho por hacer. Es necesario que las Instituciones Públicas cumplan con todas las obligaciones asignadas, pues cada una de ellas forma parte de un conjunto de acciones esenciales para combatir la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.

En este conjunto de actores se encuentra el MIMDES, cuya participación es clave en la prevención y protección. Sin embargo no ha implementado un registro de asistencia a víctimas de Trata de Personas, esencial para tener un panorama más claro de la problemática y poder adoptar medidas efectivas. De igual manera, tampoco ha implementado mecanismos de supervisión a instituciones privadas que brindan asistencia y protección a niños, niñas y adolescentes o a instituciones privadas que ofrecen asistencia y protección a mujeres.

La semana pasada el MIMDES lanzó la campaña “si me quieres quiéreme bien”, que trabaja en un espacio clave en la prevención de la vulnerabilidad de las víctimas frente a violaciones de derechos, como la Trata de Personas.

Asimismo, resulta preocupante que la mayoría de Gobiernos Regionales y Locales no registren acciones contra la Trata de Personas, sobre todo considerando la descentralización de los programas sociales. La participación de estas instancias es de suma importante, dado que son las más cercanas a las necesidades de la población, por lo que es su deber implementar políticas que se adecuen a las mismas, lo que en un país multicultural como el nuestro resulta esencial para que las acciones sean realmente efectivas.

Así como también es necesario que para que las políticas sean efectivas tengan se perspectiva de género, ya que como mencionamos líneas arriba, la gran mayoría de víctimas de este delito son mujeres, lo que no es una casualidad, sino más bien un reflejo de la inequidad y desigualdad de género que persiste en nuestra sociedad.

 

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