N° 234: “Actualmente la mayoría de denuncias por desaparición de personas han sido resueltas”


Coronel PNP José Capa Gurbillón – Director de la Dirección Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes.

1. Solo en la web teestamosbuscando.pe hemos podido ubicar que, en lo que va del  2018, se han reportado 152 casos de NNA desaparecidos ¿Cómo podría evaluar la situación actual de NNA a diferencia de años anteriores? En los últimos años, ¿las cifras han aumentado o disminuido?

Con la finalidad de evaluar la situación actual de casos de NNA reportados como desaparecidos durante el año 2018, en la página web www.teestamosbuscando, a diferencia de años anteriores, serían necesario contar con la información que se encuentra en los archivos de la página web www.peruanosdesaparecidos, los cuales actualmente están en proceso de recuperación a solicitud de la División de Personas Desaparecidas de la Policía Nacional del Perú.

2. Habiendo desaparecido la web Peruanos Desaparecidos, la web que está albergando las denuncias por niñas, niños y adolescentes desaparecidos www.teestamosbuscando.pe, también del Ministerio del Interior. ¿Cuál es la dinámica que existe entre esta web y la DIRTPTIM? ¿Todos los casos que aparecen en esta web son los que se reciben o hay otros espacios donde se reúne la información sobre NNA desaparecidos? ¿Cuál es el procedimiento para que una denuncia por desaparición aparezca en este portal?

Todas las notas de alerta correspondiente a denuncias por desaparición de niñas, niños o adolescentes, formulados por la División de Investigación de Personas de Desaparecidas (DIVIBPD), así como las recepcionadas de Comisarias o Departamento de Investigación Criminal, a nivel nacional, son remitidas diariamente a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior para su difusión en la página www.teestamosbuscando. Asimismo, la División de Investigación Y Búsqueda De Personas Desaparecida remite las Notas de Alerta a la Dirección de Imagen Institucional PNP.

3. ¿Cómo trabaja la DIRTPTIM para procesar, investigar y resolver los casos de menores de edad desaparecidos? ¿Cómo trabajan en la prevención de estos casos?

Ante una denuncia por desaparición de una niña, niño o adolescente las Comisarias, DEPINCRIs o División de Investigación y Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Policía Nacional del Perú, tienen la obligación de recepcionar en forma inmediata dicha denuncia, realizando los procedimientos policiales establecidos para la búsqueda, ubicación y/o localización, e investigación; conforme a las normas legales vigentes (Ley de la PNP y su Reglamento, Ley N°29685, Ley N°28022, etc) y Directiva de la Policía Nacional del Perú.

Actualmente se viene realizando charlas de capacitación sobre los procedimientos policiales en investigación y búsqueda de personas desaparecidas dirigido a personal policial de las diferentes Unidades PNP, situación que va repercutir en una mejor atención y prevención en estos casos.

4. ¿Cuál es la relación que ha existido entre las desapariciones y la trata de personas en los últimos años en niñas, niños y adolescentes? ¿Se puede apreciar mayor o menor coincidencia en los casos?  ¿Cuáles son las modalidades más frecuentes?

Respecto a las denuncias por desapariciones y su relación con la trata de personas, registradas en la División de Investigación Y Búsqueda De Personas Desaparecida Policía Nacional del Perú, podríamos decir que es un porcentaje mínimo la coincidencia entre estos casos. Asimismo, con relación a las modalidades más frecuentes se podrán determinar al término de las investigaciones a cargo de la Unidad Especializada de la Policía Nacional del Perú.

5. ¿Cuál es la proporción que existe, actualmente, entre los casos de NNA desaparecidos y aquellos que se logran ubicar?

Actualmente la mayoría de denuncias por desaparición de personas, a cargo de la División de Investigación de Personas Desaparecidas de la Policía Nacional del Perú, han sido resueltas.
Anterior N° 233: La ESNNA en el turismo y los viajes
Siguiente N° 234: El Estado ha desaparecido para las personas desaparecidas

No hay comentarios aún

Deja un comentario u opinión

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *