Continuando con el seguimiendo al cumplimiento del reglamento del Ley 28950, Reporte Alternativo, entrevistó a la Dra. Eliva Álvarez Olazábal para conocer las acciones que viene realizando el Poder Judicial respecto a la problemática.

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Continuando con la iniciativa de contribuir a la implementación del Reglamento de la Ley 28950 contra la trata y el tráfico ilícito de migrantes (Decreto Supremo No. 007-2008-IN), esta vez Mirada Ciudadana analizó las responsabilidades que tiene el MIMDES.

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El MIMDES, desde el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de personas, espera la aprobación del Plan Nacional de Acción contra la trata de personas 2007 – 2013.

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Docente universitaria, experta en temas migratorios globales, Oficial de Proyectos y Punto Focal de Trata de Personas de la OIM, Dolores Cortés nos informa con un punto de vista especial y amplio, sobre la trata de personas en la región latinoamericana, así como de datos a tomar en cuenta y, más importante aún, la posición de nuestro país en este contexto.

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El pasado 28 de octubre, a iniciativa de la señora congresista Rosario Sasieta, se conformó al interior de la Comisión de Justicia y Derechos del Congreso de la República, el Grupo de Trabajo contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.

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Reporte Alternativo, vocero de la Veeduría Ciudadana de la trata de personas, el tráfico ilícito de migrantes y personas desaparecidos, siguió detenidamente la exposición en el pleno del Congreso de la República por parte del Presidente del Consejo de Ministros acerca de la política general del Gobierno en su gestión.

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Para nadie es un secreto que la trata de personas existe y crece en el país. Sucesivos reportajes periodísticos y noticias que aparecen casi a diario en los medios de comunicación corroboran esta afirmación.

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Entrevista a Jennie Dador Tozzini, Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual  del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES.

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Han pasado más de 20 meses desde la promulgación de la Ley 28950 (16/01/07) habiéndose agotado el plazo previsto por la propia Ley para su reglamentación (60 días), sin embargo los responsables de esta labor, aún no concretan este importante instrumento legal, que es uno de los pilares para la implementación de la Ley.

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